domingo, 13 de junio de 2010

informándonos acerca de la TRATA DE PERSONAS


1. ¿Qué es la trata de personas?

La trata de personas es una forma moderna de esclavitud que se refiere a la captación, reclutamiento, traslado y acogida de personas con fines de explotación. La explotación adopta diferentes formas: explotación sexual, explotación para pornografía, para mendicidad, para venta callejera, explotación laboral.

Las víctimas de trata suelen ser reclutadas mediante engaños (tales como falsas ofertas de trabajo u ofertas engañosas) y trasladadas hasta el lugar donde serán explotadas.

En los lugares de explotación, las víctimas son retenidas por sus captores mediante amenazas, deudas, mentiras, coacción, violencia, etc y obligadas a prostituirse o trabajar en condiciones infrahumanas. También existe la trata o el comercio de seres humanos para la extracción de órganos, aunque no existe ningún caso reportado públicamente en Argentina.

En la actualidad, las víctimas de la trata de personas no son sólo las mujeres blancas. Por eso ya no se habla de “trata de blancas”, sino más bien de trata de personas. Todos podemos convertirnos en víctimas de la trata de personas -hombres, mujeres, niñas, niños y adolescentes- para alguna de sus muchas finalidades de explotación (sexual, laboral, mendicidad, extracción de órganos, etc.).

2. Trata y Tráfico no quieren decir lo mismo.

La Trata de personas no necesariamente implica el cruce de una frontera internacional. En Argentina hay una mayor incidencia de trata interna que de trata internacional.

El trafico ilícito de migrantes se refiere a la facilitación del ingreso irregular de una persona a un país que no es el propio. La persona que lo asiste en este ingreso ilegal (pollero, pasador, coyote, pasero), recibe dinero u otro beneficio a cambio de facilitar el ingreso ilegal de una persona. El servicio concluye una vez que el extranjero ha logrado ingresar al país que deseaba.

Sin embargo, muchas veces el tráfico de personas se realiza en el marco de una red de trata con la finalidad de explotar a la víctima en el país de destino. En dichos casos se verifican dos delitos: el tráfico (asistencia para el ingreso ilegal de una persona a un país que no es el propio) y trata (captación y traslado de una persona con la finalidad de explotarla).

3. ¿Cómo funciona la trata de personas?

La trata de personas es un proceso que incluye el reclutamiento o secuestro de personas, el traslado de las mismas dentro de la Argentina o desde el exterior hacia la Argentina, o desde la Argentina hacia el exterior. La trata interna es la que más se verifica en Argentina. La víctima luego de ser trasladada es recibida y alojada en el lugar de destino en el que se produce su explotación, asegurando que no escape mediante amenazas, violencias, torturas, engaño, coacción, etc.

El delito de trata está siendo gerenciado, de manera creciente, por redes de crimen organizado con operatoria a nivel nacional e internacional. Estas redes están integradas por numerosos miembros, cada uno de los cuales desarrolla una tarea específica (captación o señalamiento, reclutamiento, traslado, acogida, explotación, documentación, etc) Los administradores o gerentes de los lugares donde se explota a las víctimas no siempre son los grandes tratantes. En los casos de explotación sexual, existen grandes “mayoristas” de mujeres que las obligan a trabajar en distintos prostíbulos, por tiempos que oscilan entre una semana y cuarenta y cinco días, rotándolas por todo el país y también por el exterior. Las víctimas no pueden -o creen que no pueden- salir de su situación de esclavitud y, en todos los casos se verifica una restricción importante de la libertad personal que va desde la reclusión total hasta sistemas con salidas. En general los tratantes retienen los documentos de las víctimas como una forma más de coacción. En el caso de los extranjeros y extranjeras los amenazan con la deportación o la cárcel y, la metodología que más se verifica es la servidumbre por deudas.

4. ¿Cuál es el perfil de las víctimas de trata?

Las mujeres, niños y niñas son los más afectados por la trata en el mundo, estimándose que constituyen más del 80% de las víctimas. En Argentina, las víctimas de trata para explotación sexual son en general mujeres entre los 12 y los 35 años, con muy bajo nivel educativo, pertenecientes a grupos familiares vulnerables (necesidades básicas insatisfechas), en los que la mayoría de los miembros se encuentran desempleados o perciben ingresos extremadamente bajos.

Respecto a al trata para explotación laboral, el grueso de las víctimas son de origen Boliviano y trabajan en situación de servidumbre en talleres textiles, ladrilleras, la industria de la construcción, la agricultura, entre otras cosas. En general se trata de familias integradas por hombres y mujeres jóvenes con niños pequeños. Muchas víctimas son analfabetas e indocumentadas absolutas. También se han reportado casos de trata de niños para mendicidad y de niños y adultos para venta callejera.

En el 2006 las organizaciones que asisten a las víctimas reportan haber asistido un 60 % de casos de trata para explotación sexual y un 40% de casos para explotación laboral.

5. ¿Cuál es la situación legal en Argentina?

Argentina ratificó en 2002 (ley 25.632) el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños (más conocido como Protocolo de Palermo). Dicho instrumento complementa la Convención de las Naciones Unidas contra el crimen organizado trasnacional y busca prevenir y combatir la trata de personas; proteger y asistir a las víctimas, respetando plenamente sus derechos humanos y promover la cooperación entre los Estados para lograrlo.

En Diciembre de 2006, el Proyecto presentado por la Senadora Vilma Ibarra obtuvo media sanción. En Abril de 2008 la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de senadores que penaliza la trata de personas con fines de explotación sexual, laboral o para la extracción de órganos. La norma, en la cámara baja, fue aprobada en general por 157 votos positivos, 35 sufragios negativos y seis abstenciones. La aprobación en Diputados no contempló introducciones o modificaciones al dictamen de senadores.

6. ¿Qué puedo hacer si conozco algún caso?

Comunicarte al 0800 999 2345 (del Instituto Nacional Anti-discriminación donde podrán derivarlo para su atención. Realizar una denuncia en sede judicial o policial.

FUENTE: ESCLAVITUDCERO.WORDPRESS.COM

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