lunes, 10 de enero de 2011

BARREDA LIBRE...¿UN POBRE" VIEJITO"?

La Justicia le otorgó la libertad condicional y estalló la polémica
Ricardo Alberto Barreda es el protagonista exclusivo de una historia criminal y penitenciaria que deja en evidencia las contradicciones argentinas respecto de la justicia, la seguridad y las relaciones familiares. Desde distintos principios ideológicos o morales se dice de Barreda lo blanco y lo negro. Lo cierto es que el mediodía del domingo 15 de noviembre de 1992, en la ciudad de La Plata, este dentista reservado, de mediana estatura y lentes para miopía, asesinó con una escopeta calibre 16.5 a toda su familia: esposa, dos hijas y suegra.
El caso ganó todas las pantallas de televisión y titulares de los grandes diarios y fue tema de discusión en las mesas de las familias argentinas. Entre cuestiones de género, patologías y perversidades, el odontólogo y sus asesinatos fueron inspiración de canciones de rock, programas de televisión, investigaciones periodísticas, chistes y múltiples análisis sociológicos, que se renuevan ahora con la temporada de verano 2011.
Anticipando un regalo de Reyes, el 5 de enero la Justicia le otorgó a Barreda la libertad condicional, y otra vez estallaron las contradicciones en un estado de derecho que se tuerce ante las cámaras cuando se simplifica erróneamente la compleja trama legal. Barreda –que desde 2008 cumple prisión domiciliaria en el barrio de Belgrano en la casa de su novia– accedió a su libertad porque se benefició con una norma que garantiza el principio de inocencia, pilar básico de la democracia. Y también pudo quedar libre porque la Justicia argentina tardó casi quince años en dejar firme su condena. Más allá de las apreciaciones que hacen los movileros y sus anónimos entrevistados, muchos expertos en derecho penal coinciden en la razonabilidad y legalidad de la medida.
Antes de terminar el año, el 30 de diciembre de 2010, la Cámara Penal de La Plata fijó el cómputo del tiempo de su detención en treinta años y siete meses, al aplicársele la ley del dos por uno durante el tiempo que estuvo preso sin condena firme. La Justicia determinó que debía contarse doble el tiempo de detención desde el 16 de noviembre de 1994, cuando cumplió dos años de prisión preventiva, hasta mayo de 2007, momento en que la sentencia a reclusión perpetua quedó firme con el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El criterio para la determinación del cómputo se sostuvo en antecedentes de la Cámara de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires.
Lo que puede llamar a confusión es que si alguien hoy matase a toda su familia, no podría acceder a los mismos beneficios que Barreda. El odontólogo asesinó a las cuatro mujeres cuando estaba vigente una norma que permitía computar –después de estar detenido dos años sin condena– por cada día de prisión preventiva, dos para el cumplimiento de la pena (el “dos por uno”). Además, en 1992 el condenado a perpetua podía acceder a la libertad condicional al estar veinte años preso. Esto explica la situación procesal actual de Barreda: al computarle 30 años, excedió con holgura ese plazo.
Desde el año 2001 el beneficio del dos por uno ya no existe y desde el 2004 (luego del caso Blumberg), para acceder a la libertad condicional, un condenado a prisión perpetua tiene que computar 35 años de prisión. Para terminar de entender el caso, hay que recordar que siempre debe aplicarse la ley más benigna para el reo, ya sea la vigente a la comisión del delito o la que rige al momento de la sentencia. Y otra aclaración: la Constitución señala que las cárceles son para seguridad y no para castigo, y que el fin debe ser la resocialización del delincuente.
Sin embargo, estas explicaciones legales no parecen convencer a Elio Linares, un prestigioso médico legista, psicólogo y criminólogo que intervino en el caso. “Me parece un horror que le otorguen la libertad condicional a este sujeto malvado y perverso”, le dijo a Miradas al Sur e inmediatamente aclaró que para hacer referencia a Barreda usaría el término “sujeto”. Haciendo el anuncio de que estaba por compartir una información que se había esfumado con el paso del tiempo, recordó que el odontólogo “ultrajó la intimidad de las hijas una vez muertas, según lo que revelaron las autopsias, y que esa fue parte de la dinámica del crimen: primero te mato y, después, muestro mi masculinidad”. Detalló que Barreda “disparó su escopeta por una crisis de identidad sexual no resuelta. Cuando nacemos –explicó– todos tenemos los dos géneros. Las cuestiones culturales nos van guiando hacia una elección sexual. Barreda no pudo resolver el conflicto entre su costado masculino y femenino. Y como no podía exteriorizar lo femenino, mató afuera lo que no podía matar adentro”.
Linares preside la Academia de Medicina Legal y Ciencias Forenses y su sello está asociado a varios casos policiales resonantes que durante los últimos años ganaron la atención de la opinión pública (Nora Dalmasso, María Marta García Belsunce, el cura Grassi y otros). En su extensa carrera, Linares asesoró a todo tipo de profesionales, elaboró informes psicopatológicos y trabajó como perito consultor. Lo suyo siempre fue el esclarecimiento del crimen, ya sea por medio de los elementos técnicos que ofrece la ciencia, o a través del exhaustivo análisis de los comportamientos de los acusados. A Barreda lo conoce bien porque lo tuvo frente a sus ojos unas catorce veces, dentro y fuera de la cárcel, y también en el juicio oral, contratado por el abogado de la familia de las víctimas, Horacio González Amalla.
Linares recordó que, durante el juicio, el tribunal preguntó a los peritos si habían encontrado en la autopsia algún dato que les llamara la atención. Linares dijo que sí, y se refirió a algunos moretones que había en los muslos de las hijas y a una sustancia, en sus vaginas, llamada fosfatasa ácida prostática, una enzima que se encuentra en el semen. Barreda, entonces, había preguntado, frío y calculador “¿En cuál de las dos?”. Y Linares, rompiendo el silencio que reinaba en la sala, respondió: “En las dos”.
La hipótesis del abuso sexual se deslizó en el juicio oral del año 1995 que terminaría condenando a Barreda a reclusión perpetua por triple homicidio calificado y un homicidio simple, pero nunca fue investigada por la Justicia, porque “sólo se estaba discutiendo si el sujeto era inimputable o no, y esto no hacía a la cuestión”, concluyó uno de los expertos en criminología más destacados de la Argentina.
En efecto, Barreda no fue declarado inimputable. Y por eso pagó los asesinatos con varios años de su vida en las sombras de una cárcel común del Servicio Penitenciario Federal.

FUENTE: MIRADA AL SUR

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