jueves, 6 de octubre de 2011

ESPAÑA: LOS JUECES Y LAS SENTENCIAS MACHISTAS


Que un hombre llame "zorra" a su ex mujer no es un insulto, sino una mera calificación que hace referencia a su astucia. Así se desprende de una sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia, redactada por el juez Juan del Olmo. Además el fallo del tribunal rebaja la pena impuesta al acusado en una sentencia anterior, desde un delito a una falta de amenazas, pues no considera que se trate de un ataque por ser mujer.

El acusado, de 42 años y con antecedentes penales, amenazó a su ex mujer en al menos dos ocasiones llegando a asegurar al hijo de ambos que la iba a ver en el cementerio en una caja de pino. El Juzgado de lo Penal número 2 de Cartagena le condenó por ello a mantenerse durante un año alejado a más de 500 metros de ella y a no mantener ningún tipo de comunicación. Con la resolución de la Audiencia de Murcia la distancia se ha reducido a 300 metros y el tiempo, a seis meses. Además, los 31 días que el hombre debía trabajar en beneficio de la comunidad y la prohibición de tenencia de armas también quedaron anulados.

La Audiencia reconoce que "existe prueba suficiente" de la culpabilidad del acusado con respecto a las amenazas, pero interpreta que su comportamiento "no atendió a un menosprecio a la condición de mujer de la víctima, ni supuso una exteriorización de mensaje verbal de imposición de la voluntad del acusado sobre la mujer".

"Incluso procede señalar que la expresión zorra, utilizada en el escrito de recurso, escuchada la grabación de la vista oral, no se utilizó por el acusado en términos de menosprecio o insulto, sino como descripción de un animal que debe actuar con especial precaución a fin de detectar riesgos contra sí mismo"
, continúa el escrito.

fuente: AMECO EXPRESS

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