miércoles, 8 de agosto de 2012

FEMICIDIO: EL SENADO RECURRE A JURISTAS PARA AVANZAR EN LA LEGISLACIÓN


La Cámara Alta se reunirá con juristas de renombre para avanzar en la reforma de la legislación penal que busca sancionar el delito de femicidio. No apoya la iniciativa de la Cámara Baja de visibilizar la muerte violenta de mujeres agravando la pena. Comparte en cambio la postura de parte del movimiento de mujeres de tratarlo como delito autónomo. Un sector de este mismo movimiento reclama la revisión de la experiencia de otros países antes de seguir avanzando en esta reforma.
 En el Parlamento argentino hay consenso en cuanto a hacer visible la muerte violenta de mujeres a través de la tipificación penal del femicidio, pero no hay acuerdo sobre si estos asesinatos por razones de género incrementan una pena o requieren un castigo particular. Estas diferencias trabaron el avance hacia una legislación con la capacidad de sancionar un crimen aberrante que causa centenares de víctimas cada año. Las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de la Banca de la Mujer de la Cámara de Senadores/as, que discuten el proyecto de ley que aprobó Diputados/as el año pasado, recurrieron a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para destrabar el debate.

La convocatoria a un grupo de juristas fue confirmada a COMUNICAR IGUALDAD por el presidente de la Comisión de Justicia Guillermo Guastavino (FPV-Entre Ríos). Aún no hay fecha para la reunión con las y los expertos en violencia de género y derecho penal. Guastavino explicó igualmente que “el objetivo es obtener el mejor proyecto posible”, luego habló de las diferencias entre las y los legisladores. “En la Comisión de Justicia nos inclinamos por tipificar el femicidio como delito autónomo, creemos que es muy laxa la propuesta de Diputados cuando considera un agravante del homicidio calificado los asesinatos por violencia de género. Incluir en el Código Penal un artículo específico tiene potencia simbólica en tanto que el Estado está reconociendo que estos crímenes suceden”, señaló.

Avance

Durante el primer semestre de 2012 los y las senadores/as evaluaron unos 15 proyectos que proponen diferentes formas de sancionar los asesinatos de mujeres por razones de género, y también la iniciativa que consiguió la media sanción de la Cámara Baja. Esta última amplia los agravantes descriptos en el artículo 80 del Código Penal que establece la reclusión perpetua, de manera de incluir a ex conyugues, parejas y ex parejas (inciso 1) y la cuestión de género (inciso 4). También incorpora los incisos 11 y 12 que describen la violencia machista. Finalmente dice que no es posible aplicar garantías como la disminución de la pena si hay antecedentes de violencia contra la mujer asesinada.

En el Senado las y los parlamentarios/as resolvieron mantener una serie de reuniones con referentes de organizaciones especializadas y terminaron por recoger las objeciones a la reforma legal propuesta por Diputados/as. Se reunieron con referentes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de Violencia de Género (CONSAVIG), el Ministerio Público de la Defensa y la Asociación Civil La Casa del Encuentro –esta última organización viene registrando desde el 2009 los femicidios divulgados por los medios de comunicación, ya que todavía no hay índices oficiales sobre el flagelo de la violencia machista–, y el martes 26 de junio la Comisión de Justicia elaboró un dictamen proponiendo la inclusión en el Código Penal del artículo 80 bis, que considera que el hombre que termina con la vida de una mujer por razón de género debe ser recluido en forma perpetua. También en este caso se excluyó la posibilidad de que se baje la pena si el femicida tiene antecedentes de violencia machista.

Según Guastavino, se ha comprendido que si se tipifica el delito de femicidio se visibiliza la violencia sufrida por las mujeres, el odio que empuja a los femicidas y el sexismo que conllevan estos crímenes. No obstante el dictamen de la Comisión de Justicia no conformó a la Banca de la Mujer, que desde julio también puede emitir dictámenes sobre iniciativas vinculadas a los temas de género –el Senado modificó el reglamento que rige su funcionamiento para jerarquizar este mecanismo–. Las parlamentarias tanto de la Banca como de la Comisión de Justicia fueron las primeras políticas de la Cámara Alta en reunirse en noviembre del año pasado con especialistas para discutir la reforma del Código Penal y en general se inclinan hacia la propuesta de individualizar el delito de femicidio, teniendo en cuenta que el derecho penal tiene la facultad de disuadir y modificar ciertas conductas.

A pesar de que las dos comisiones coinciden en lo esencial, no se logró un acuerdo y ahora esperan escuchar las opiniones de las y los juristas para seguir avanzando. “Esta reforma es un primer escalón, pero es importante porque el Estado estará repudiando la violencia más extrema contra las mujeres. La Casa del Encuentro dice que los crímenes de odio hacia las mujeres se han incrementado un 20 por ciento, si bien se adjudica a una mayor visibilidad del tema de la violencia de género. También se sabe que 80 por ciento de los femicidios son cometidos por parejas y ex parejas y que en la práctica los jueces siempre plantean atenuantes de la pena –es el caso del femicida de Wanda Taddei, el músico de Callejeros Eduardo Vásquez, quien cumple una pena de 18 años y goza de salidas sociales– pero en estas conductas hay discriminación, el hombre cosifica a la mujer, siente que le pertenece y que puede disponer de su vida privándola de su derecho de vivirla libre de violencia y llegando al extremo de asesinarla”, explicó el asesor de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales Pablo Giovanardi a COMUNICAR IGUALDAD.

Alerta

En la primera reunión que sostuvieron las senadoras de diversas fuerzas políticas con especialistas en violencia de género y derecho penal, hubo abogadas y juristas que advirtieron sobre la dificultad de trasladar la categoría ‘política y social’ de femicidio al derecho penal, sin dejar de considerar que es una forma particular de muerte de la mujer y es urgente actuar sobre esta realidad. Concretamente llaman la atención sobre que un tipo especial, en este caso el delito de femicidio, puede resultar contraproducente. Comparten dicha postura Natalia Gherardi, del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA); Raquel Asensio, de la Defensoría General de la Nación y Ángeles Gómez Maiorano, de la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 38 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Según Gherardi, “hay que reflexionar sobre si el tipo penal autónomo es el medio más eficiente para visibilizar el femicidio. Coincido en que hay que visibilizar este problema y para ello es necesario contar con estadísticas oficiales, pero no creo que tipificando un delito autónomo se consiga el medio para lograr ese objetivo”. La experta asegura que países como España han logrado visibilizar el problema sin haber individualizado el femicidio del homicidio.

En cuanto a la necesidad de una sanción ejemplar, “hay que cuidar que sea aplicable. En Guatemala por ejemplo el tipo penal es abierto y hay muchos elementos que necesitan ser probados para que la persona finalmente sea juzgada por femicidio. En la práctica tribunales especializados en este tema terminan juzgando por homicidio. En países como Perú y Chile se ha legislado el femicidio íntimo que es la muerte de la mujer a manos de la pareja o ex pareja. No hay entonces una única forma de tipificar el femicidio. Sería interesante que antes de avanzar en una reforma penal en Argentina se avance en una revisión de los resultados que están teniendo los países que han avanzado en ese sentido. Todavía no hay suficiente información, pero si el objetivo fue prevenir, sancionar y erradicar el femicidio no les fue bien, ya que el derecho penal no previene delitos. Si el objetivo fue visibilizar el problema, creemos que se hace de otra manera, pero en Argentina no hay todavía la voluntad de hacerlo”.

Con todo, ELA apoya la reforma del Código Penal en línea con el proyecto aprobado en Diputados/as. “Hay que nombrar el crimen de odio y también hay que clarificar las situaciones de legítima defensa para que el agravante no se vuelva en contra. Es decir, hay que reformar el Código, pero también hay que estar alerta respecto de la manera en que se está llevando adelante, hay que preguntarse cómo se va a probar que una mujer fue asesinada por el hecho de serlo o que no fue asesinada por el hecho de serlo. Sin duda las mujeres en un marco de relaciones de violencia son enormemente más vulnerables que los varones y merecen mayor protección de la ley, pero el tema es complejo y requiere de una revisión cuidadosa”, concluyó Gherardi.

Según datos la Oficina de Violencia Doméstica (OVD), que depende de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, entre enero y mayo de este año 92 mujeres fueron asesinadas violentamente (un promedio de 18 víctimas por mes). El año pasado se contabilizaron 282 femicidios, de acuerdo a la Asociación Civil La Casa del Encuentro, que próximamente divulgará las estadísticas del primer semestre de 2012. La dirigente de esta organización Fabiana Túñez adelantó que las mujeres incineradas suman 31 (12 perdieron sus vidas y 19 se encuentran gravemente lesionadas).

FUENTE:  COMUNICAR IGUALDAD - Por Alejandra Waigandt

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