jueves, 20 de septiembre de 2012

POLÉMICOS ARGUMENTOS MISÓGINOS SE ADUJERON EN UN DIVORCIO


Polémicos argumentos en el fallo del divorcio de Tomás Costantini y Lorena Ceriscioli

La justicia suspendió el divorcio del empresario Tomas Costantini y la modelo Lorena Ceriscioli tras argumentar, entro otras cosas, que es "impropio que una mujer casada desfilara en ropa interior".
La decisión fue adoptada por los jueces de la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.
Si bien en primera instancia, el tribunal había decretado el divorcio vincular entre Costantini y Ceriscioli por culpa exclusiva del esposo por haber incurrido en las causales de injurias graves y abandono malicioso del hogar.
Luego la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil integrada por los jueces Mauricio Mizrahi, Omar Díaz Solimine y Claudio Ramos Feijóo decretó una sentencia a favor del empresario.
En los argumentos, los jueces decidieron rechazar la demanda presentada por la modelo y, en cambio, afirmaron que la decisión de abandonar el hogar conyugal de parte del empresario fue "acertada y prudente".
El juez Mizrahi afirmó que, "debido a que el hombre era dueño de la agencia de modelos que llevaban adelante juntos, no podía abandonar el ritmo de trabajo que tenían hasta entonces, a lo cual le adjudica las constantes salidas nocturnas de Costantini".
"Resulta también significativa (para ubicarnos en la realidad de esta pareja) la fotografía de la actora con la pose que exhibe en ropas interiores; y al respecto se podría decir – si nos olvidamos de la profesión de las partes – que la foto no sería propia de una mujer casada", agregó el juez.
Además, el único magistrado que argumentó aseguró que "la salida del hogar por parte del accionado fue de algún modo concertada con la actora con el fin de no empeorar las cosas y moverse con prudencia".
La modelo había acusado al empresario por injurias graves y abandono malicioso del hogar y para los jueces, lo que fue desestimado, quienes consideraron que los dichos de los testigos no lograron acreditar las injurias graves alegadas por la mujer.



fuente: TELAM

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