miércoles, 17 de abril de 2013

LA CUEVA DEL ENEMIGO


Muchas mujeres víctimas de maltratos no tienen un lugar para vivir más que el hogar compartido con su agresor. Los refugios y albergues representan soluciones provisionales, y son pocos los programas que permiten a las mujeres la posibilidad de acceso a una vivienda.

NECESIDAD DE VIVIENDAS CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO


Si el gobierno me diera un rancho, yo no tendría que vivir aguantando violencia. Yo quisiera un lugar chiquitito, que se entre de costado, para poder estar tranquila y no tener que rendirle cuentas al tipo. Tengo al enemigo en la casa y me lo tengo que aguantar, porque es eso o la calle. Así lo siento yo. Sería mejor si tuviera un lugar.” Cuando Elisa cuenta su historia habla de sentir… Es que los golpes duelen en el cuerpo, los gritos retumban en los oídos y las humillaciones quedan rebotando en el inconsciente hasta que los años las hacen carne y terminan convenciendo. Pero como Elisa, muchas mujeres aceptan permanecer en situaciones de violencia intrafamiliar –o doméstica– (1) porque oponerse es enfrentarse, también, a una vida sin hogar.


Un estudio realizado recientemente en Argentina, Brasil y Colombia por el Centro de Derecho a la Vivienda y contra los Desalojos (COHRE, por su sigla en inglés) (2) muestra que la dependencia económica aparece como el obstáculo principal para romper con una relación violenta, y en segundo lugar el no tener un lugar para vivir más que el compartido con el agresor. Para María Victoria Ricciardi, abogada y una de las autoras de la investigación, existe una relación clara entre la posibilidad de salir de los circuitos de violencia y la vivienda: 

“Exploramos las historias de decenas de mujeres de los tres países y los testimonios hablaban de la dificultad de terminar con situaciones de violencia por no tener, literalmente, adónde ir”.



No poder escapar del agresor es, además, un problema que afecta a mujeres de todos los sectores sociales: las que viven en barrios informales suelen carecer de medios económicos independientes, y aquéllas de mayores recursos sufren con la separación una pérdida de la calidad de vida más fuerte. A Jimena su marido la insulta, muchas veces le pegó y otras tantas amenazó con prenderla fuego. Más de una vez también los hijos de ambos, de cinco y tres años, presenciaron estos espectáculos violentos. Jimena es co-propietaria con su marido de una casa en Villa del Parque. Así figura en la escritura, pero él aportó un porcentaje mayor de dinero y por eso entiende que puede tomarse ciertas atribuciones: “En el último episodio de violencia, me echó de la casa con los chicos. Después de unos días recapacitó, nos dejó volver y se fue. Igual siento que estoy atada. Cuando discutimos o se pone nervioso siempre me hostiga con que lo usé, porque me quedé con su casa y con sus cosas. También me corre con que si nos divorciamos le corresponde pasarme sólo mil pesos para alimentos y yo con mi sueldo no puedo sostener la educación privada de los chicos”.

¿Hogar dulce hogar?

La violencia contra la mujer sucede básicamente en el hogar, y así lo evidencian algunas cifras.
En octubre de 2011, la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) (3) atendió 719 casos en la Ciudad de Buenos Aires (48 más que durante el mismo mes de 2010), muchos de los cuales fueron evaluados con un nivel de riesgo entre alto y altísimo (4). El 62% de las personas afectadas fueron mujeres adultas (otro 16%, niñas) y en un 83% las víctimas denunciaron a sus ex parejas, concubinos, cónyuges o novios.
Además, las estadísticas se elevan claramente durante los fines de semana, feriados, fiestas y períodos de vacaciones, momentos difíciles porque los agresores no trabajan y muchas mujeres hacen esfuerzos por salir como estrategia para evitar posibles episodios de violencia.
En el último informe de investigación sobre femicidios (5) en Argentina, realizado entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2011, la asociación civil La Casa del Encuentro (6) también da cuenta de un aumento del 10% de los asesinatos respecto a los datos de 2010. De los nuevos 237 casos, 137 fueron cometidos por esposos, parejas, novios o ex, y la mayoría ocurrieron en la vivienda que compartían.

Forzadas a convivir con sus verdugos, el lugar más inseguro para estas mujeres es su propia casa.



Cuestión de derechos

El derecho a la vivienda está incluido en diversos tratados internacionales de derechos humanos y es considerado un elemento de un derecho más amplio: disfrutar de un adecuado estándar de vida. Que es lo mismo que decir que el derecho a una vivienda no apunta solamente a tener un techo, y que las víctimas de violencia doméstica deberían vivir en seguridad, paz y dignidad (7).


“La vivienda es un derecho humano básico; es también un bien económico; es la base de la reproducción biológica y social, de inversión, de ahorro familiar. Es el seguro para la vejez, un refugio, la ilusión, un sueño a conquistar y una demanda solidaria. Sin este espacio de cobijo las personas pueden sentirse muy frágiles. La vivienda es también espacio habitable en sí misma y en relación con el barrio y la ciudad. Es decir, se vincula a los servicios e infraestructuras y a la calidad del espacio urbano en el que se ubica”, explica Ana Falú, ex directora del Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM).


Muchas veces pionera en materia legislativa, Argentina sancionó en marzo de 2009 la Ley 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Siguiendo los lineamientos de la Convención Belém Do Pará (8), distintos artículos de la ley mencionada establecen, específicamente, medidas cautelares relacionadas con el domicilio de la víctima o el agresor y también la creación de programas temporales y definitivos de acceso a la vivienda a partir de asistencia económica y líneas de créditos para mujeres que padecen violencia (9). Sin embargo, a casi tres años de su sanción, estos últimos artículos no resultan plenamente aplicables por no haberse desarrollado todavía las herramientas o instrumentos operativos que permiten su oferta a las eventuales beneficiarias de la norma.
Por otro lado, al no existir datos y estadísticas nacionales sobre la prevalencia e incidencia de la violencia se hace difícil la realización de diagnósticos y la ejecución de políticas públicas de vivienda para las mujeres. Al parecer, nadie está viendo ni relevando el problema.
“Hoy las personas que sufren violencia doméstica y que han formulado denuncias no tienen ninguna prioridad ante la falta de vivienda, y tampoco es un dato que se esté teniendo en cuenta en ninguna iniciativa. Esto hay que entenderlo en el contexto general de que no hay datos en Argentina para medir la violencia, ni registros administrativos unificados”, describe Natalia Gherardi, directora ejecutiva del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) (10).

Por su parte, Eva Giberti, coordinadora del Programa Las Víctimas contra las Violencias (11) del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, recoge el guante y reconoce la falta:

“Aplicar políticas públicas relativas a la vivienda demanda, por parte de los funcionarios, imaginación, experiencia y presupuesto. Además de haber incluido una conciencia de género que les permita pensar en la relación vivienda y violencia. Lo cual no es habitual”.

Refugiadas
Ante una situación de emergencia, las medidas de exclusión del hogar del agresor y la prohibición de acercamiento priorizan la situación de las mujeres y de sus hijos o hijas. Pero cuando la gravedad del asunto no permite esperar el dictado de cautelares, las mujeres necesitan poder irse a un lugar donde vivan protegidas y contenidas. En nuestro país, el artículo 10 de la Ley 26.485 establece que el Estado Nacional deberá promover y facilitar la creación de servicios integrales de asistencia a las víctimas, debiendo garantizar “instancias de tránsito para la atención y albergue de las mujeres que padecen violencia en los casos en los que la permanencia en su domicilio o residencia implique una amenaza inminente a su integridad física, psicológica o sexual, o del grupo familiar, debiendo estar orientado a la integración inmediata con su medio familiar, social y laboral” (12).

En la Ciudad de Buenos Aires existen dos casas-refugio (o de medio camino) estatales donde las mujeres pueden quedarse durante un tiempo (en principio no más de seis meses, aunque con excepciones), además de los centros que brindan asistencia frente a una situación de violencia (13). Sin embargo, se trata de soluciones provisionales, parches de emergencia que deben existir pero que no tienen perspectiva a largo plazo. Después de esos seis meses de “alojamiento” no hay nada.

Se agrega también que para poder acceder a los refugios o casas de medio camino es necesario cumplir con una serie de requisitos que muchas veces dejan afuera a quienes más los necesitan. Elisa vive en villa Fátima, en Soldati, trabaja como empleada doméstica, acaba de cumplir 38 años y lleva muchos soportando los malos tratos de su marido y padre de sus cuatro hijos: “Desde el año 2001 que hago denuncias cuando estoy en una situación de violencia extrema, y entonces me otorgan la medida precautoria, y por más o menos tres meses él no se puede acercar. Pero nadie controla… si quiere venir rabiado, aparece y te mata. También estuve en refugios, pero esa opción no cuenta más para mí, porque mi hijo varón ya es mayor de 12 años y no lo dejan que se quede a dormir con nosotros. Entonces tenés que empezar a separar a tus hijos. Y yo me aguanto la que sea, pero mis hijos van a estar todos conmigo. Además, no es una solución vivir en un refugio con los chicos. Ellos tienen que tener su casa, su lugar”.

La vida de Elisa es un mapa que no deja de mostrar dónde se hace agua: “Una de mis veces en un refugio conseguí, golpeando puertas, que me dieran un subsidio habitacional. Nos pagaron un hotel y durante esos meses estuvimos bien. Yo trabajaba, los chicos estudiaban. Por eso sé que podría salir adelante trabajando si tuviera un techo para mí y para los chicos. Cuando terminó el subsidio insistí pero no me lo renovaron. Me pasé tres meses así, hasta que lo tuve que llamar a mi marido. Encima te tenés que humillar y aguantarte la que se venga. Cuando estábamos en el hotel yo sentí que era libre, porque esa libertad no la podés sentir si no tenés una casa. Sin un techo no sos libre”.

El pedregoso camino de la justicia

Durante la investigación de COHRE también salió a la luz la gran dificultad que enfrentan las mujeres al intentar acceder a la ayuda disponible, como consecuencia de las deficiencias operativas del Estado —y específicamente de las dependencias competentes de los poderes Ejecutivo y Judicial, responsables institucionales de aplicar la normativa aprobada—.

En ese sentido, el Poder Ejecutivo afronta la problemática mediante compartimentos estancos que llevan a que las áreas de Desarrollo Social, de Justicia y Derechos Humanos, de Salud o de Seguridad hagan sus respectivas partes con poca o nula coordinación. Similar panorama muestra el Poder Judicial, que obliga a la mujer afectada a lidiar con un entramado de organismos y ámbitos de actuación, que la deriva a denuncias penales o a mediaciones familiares, propias del fuero civil, para que se enfrente con su abusador.

Se agrega que una reciente investigación de la Comisión sobre Temáticas de Género de la Defensoría General de la Nación advirtió que los casos de violencia de género no son siempre investigados con seriedad por los operadores de la Justicia Penal, que todavía creen que no les incumben los delitos que ocurren puertas adentro (14).

En definitiva, según Ricciardi el acceso a la justicia para las mujeres es muy complicado: “Sobre todo si se piensa en lugares alejados de los centros urbanos. Parece que el conflicto se tiene que adaptar al proceso de la justicia y no al revés. Entonces hay un montón de limitaciones que tiene la justicia, porque está pensada para otros casos y cuando se tratan de procesar estas complejidades no se encuentra la forma”.

1. Según el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, el término “doméstica” comprende toda violencia cometida por una persona con la cual la víctima tiene una relación íntima o por otros miembros de la familia (Ver:http://www.unicef-irc.org/publications/pdf/digest6s.pdf). Por otro lado, la violencia puede manifestarse de múltiples formas, que pueden superponerse o alternarse, entre las siguientes: violencia física, sexual, psicológica, económica y patrimonial, y simbólica.
2. Centre on Housing Rights and Evictions: organización de derechos humanos, con sede en Ginebra (Suiza), especialista en temas de mujeres y vivienda que acompaña el trabajo internacional de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
3. La OVD, que depende de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, funciona desde el 15 de septiembre de 2008 exclusivamente en la Ciudad de Buenos Aires, con el objeto de recibir denuncias de violencia doméstica (formuladas por varones o mujeres, indistintamente) que después se derivan a la justicia civil o penal, según corresponda.
4. El 48% exactamente. Ver Estadísticas octubre 2011: http://www.csjn.gov.ar/docus/documentos/verdoc.jsp
5. Asesinato de una mujer cometido por un hombre que seconsidera propietario de su víctima. El femicidio es una de las formas más extremas de violencia hacia las mujeres.
6. Espacio feminista social y cultural que, entre otras actividades, se ocupa de armar el único relevamiento de femicidios que existe en el país, en base a los casos publicados por agencias de noticias y 120 diarios de distribución nacional y provincial.
7. Véase artículo 75 inc. 23 de la Constitución Nacional.
8. Aprobada por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) en 1994 y ratificada
por Argentina, declara que la violencia contra las mujeres es una violación a los derechos humanos. Es el único instrumento internacional de carácter vinculante destinado a combatir la violencia de género.
9. Véase artículos 11 (inciso 2) y 10 (inciso 3) de la Ley 26.485.
10. ELA es una organización independiente y sin fines de lucro que trabaja para alcanzar una sociedad más justa y equitativa para varones y mujeres, promoviendo el ejercicio de los derechos de las mujeres a través del acceso a la justicia y las políticas públicas.
11. El objetivo principal del Programa es la atención, acompañamiento y asistencia a las víctimas de violencia familiar y sexual.
12. Véase informe de COHRE: “Un lugar en el mundo. El derecho a una vivienda adecuada como elemento esencial de una vida libre de violencia doméstica. Los casos de Argentina, Brasil y Colombia”.
13. http://www.jus.gov.ar/atencion-al-ciudadano/ guia-de-derivaciones/violencia-familiar.aspx
14. http://www.pagina12.com.ar/diario/ sociedad/subnotas/3-51899-2011-02-10.html.

Por Mariana Fernández Camacho*
Le Monde DiplomatiqueAbril de 2012 


*Periodista, integrante de la Red PAR (Periodistas de Argentina en Red por una comunicación no sexista).
Ilustración: Alejo Rotemberg (http://www.alejorotemberg.com/)

FUENTE:  Programa Las Víctimas Contra Las Violencias 

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