lunes, 7 de diciembre de 2009

Buscan reformar Ley contra Violencia Intrafamiliar


Guatemala
Fuente:http://www.elperiodico.com.gt/es/20091206/pais/127191

Los jueces prefieren aplicar la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Intrafamiliar que no es punitiva, en vez de la Ley contra el Femicidio.

Cinco sentencias por femicidio y 47 por violencia contra la mujer se han dictado entre enero y octubre de este año. “Para la cantidad de casos que existe, es poco”, señala Remberto Ruiz, director ejecutivo de la Defensa Pública Penal.

Sonia Escobedo, titular de la Secretaría Presidencial de la Mujer (Seprem), afirma que “el Organismo Judicial tiene que responder de una manera más asertiva” y para ello se necesita una reforma a la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Intrafamiliar, que “no está equiparada” con la Ley contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer, ya que la primera no es punitiva, por lo cual muchos jueces prefieren aplicarla en vez de la segunda.

La reforma propuesta modifica el Código Penal de manera que no puedan concederse medidas sustitutivas en casos contra reincidentes o por delitos de homicidio y agrega medidas de protección a la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Intrafamiliar, para asegurar que el agresor abandone el hogar familiar y pague de inmediato una pensión alimenticia para su pareja e hijos.

“Ingresamos esta iniciativa al Congreso hace seis meses y ha sido enviada a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Estamos esperando un dictamen favorable para que pueda agendarse”, explica Delia Back, presidenta de la Comisión de la Mujer del Congreso.
Jueces se resisten

“El problema es que la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar Violencia Intrafamiliar no tiene sanciones. Después de 13 años de decretar medidas de seguridad, hay una resistencia para considerar que la violencia contra la mujer es delito”, afirma Hilda Morales, directora de la Coordinadora Nacional para la Prevención de la Violencia Intrafamiliar y contra las Mujeres (Conaprevi).

Sin embargo, no considera necesaria una reforma ya que señala que “lo que se necesita es que los jueces apliquen correctamente la ley”. Aunque la Escuela de Estudios Judiciales incluye el tema de la violencia contra la mujer en su currículo, se necesita “una mayor sensibilización de jueces e incluso juezas ya que persiste la idea de que las mujeres son culpables de esa violencia”.

¿En qué consiste la reforma?

>Se modifica el Artículo 264 del Código Penal para que no puedan concederse medidas sustitutivas en casos contra reincidentes o por delitos de asesinato, u otros delitos contenidos en la ley contra el femicidio.

>Los jueces deberán decretar medidas como : a) ordenar al agresor que salga del hogar familiar aunque la unión no esté legalmente declarada y la mujer no sea propietaria del inmueble; b) fijar una pensión alimenticia mensual para la mujer agredida e hijos; c) embargo preventivo de bienes y salarios del agresor.

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