miércoles, 10 de noviembre de 2010

LEYES A TENER EN CUENTA



Leyes para tener en cuenta


En caso de secuestro de menor:

"Artículo 146.- Será reprimido con prisión o reclusión de 5 a 15 años, el que sustrajere a un menor de 10 años del poder de sus padres, tutor o persona encargada de él, y el que lo retuviere u ocultare."

En caso de secuestro de menor dentro de la Republica Argentina la denuncia se debe encuadrar "Art.146" del CPNA

Convenciones, pactos, tratados:

De acuerdo a la Constitucion Nacional Argentina de 1994, las convenciones, pactos y tratados internacionales tienen valor y jerarquia constitucional


Declaracion Universal de los Derechos Humanos

Convencion de Montevideo

Pacto de Derechos Civiles y politicos

Pacto Internacional de Derechos Economicos, Sociales y Culturales

Protocolo de Kyoto

Pacto de Rio de Janeiro ( 2008 )

Convencion de Belem Do Para

Convencion de Beijing

Convencion de la Haya


LEYES SOBRE MINORIDAD Y VIOLENCIA FAMILIAR


Ley 26.061 Protección integral de Niños, Niñas y Adolescentes


Ley 13.944 Incumplimiento de los deberes de asistencia familiar


Ley 23.849 Aprobación de la Convención sobre los Derechos del Niño


Ley 25.358Aprobación de la Convención Interamericana de Restituciones Internacionales de menores.


VIOLENCIA

Ley 24.417 Protección contra la violencia familiar

Ley 26.485 Proteccion de las Mujeres


LEYES CONTRA LOS DELITOS SEXUALES Y ABERRANTES


Ley 25.087 Delitos sobre integridad sexual


Ley 25.852 Delitos contra la vida y la integridad sexual


Ley 24321 Desaparición forzosa


Ley 26.364 Ley de Trata

FUENTE: ONG VIDA

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