lunes, 18 de junio de 2012

SANTA CRUZ.: " QUIEN PRACTICA EL ABORTO NO PUNIBLE COMETE UN DELITO










La asesora  legal del Hospital de Caleta Olivia, dra. Carina Regesmburger, dijo que el Ministerio de Salud trabaja con un equipo de abogados y profesionales de la salud para conformar el protocolo provincial de Santa Cruz para la aplicación del aborto no punible.
Sin embargo, sostuvo que como abogada cualquier médico que aplique esta medida que se permite por medio del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, estaría incurriendo en un delito.   
Según publicó TiempoSur hace semanas atrás, y según fuentes del ministerio,  la provincia iba  a adherir al fallo de la Corte.

Protocolo
“Estamos con los abogados del Ministerio porque  el Ministro ha nombrado un grupo de médicos de hospitales para trabajar en este tema. Porque todos los médicos se declararon objetores de conciencia”, dijo a TiempoSur la letrada.
Indicó que de forma “seria y responsable” elaboran un protocolo que “verdaderamente  tenga todas las aristas posibles” y acorde a la realidad de Santa Cruz.    
Aclaró que la postura del Ministerio es trabajar para “bregar por la salud integral de todas las personas de la provincia”, mas allá de que particularmente esté en contra del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que se dio a conocer el pasado 13 de marzo.
El máximo órgano judicial resolvió  permitir la interrupción del embarazo en gestaciones producto de cualquier tipo de abuso sexual, el cual nunca resultará punible y por lo cual  no será necesaria la intervención de la Justicia para autorizar un pedido de ese tipo ante médicos y hospitales.
Regesmburger Aclaró  que el objetivo no es adherir al fallo, sino “tener uno propio”.

Que sucede si...


En este punto, se le consultó qué sucede si una mujer se presenta en un hospital público para efectuarse un aborto luego de quedar embarazada producto de un abuso, dado que todos los médicos de la provincia se declararon  objetores de conciencia, es decir que no realizaran esta práctica por considerarla  contraria a sus creencias éticas o religiosas.
“Si en algún momento una mujer tiene la mala experiencia de ser abusada, que inmediatamente concurra al hospital y a la Policía para que puedan hacer todos los protocolos de atención inmediata para que no tenga un problema posterior”, sostuvo.
Indicó que cada nosocomio de la provincia le garantiza la posibilidad de que su problemática sea abordada, aunque la resolución y decisión final “la determinará el equipo de salud”.
Agregó que recomendaría que la mujer asista al hospital para que sea contenida por el grupo multidisciplinario de profesionales, ya sea psicólogos y profesionales de la salud.  “Tengo historias clínicas que avalan lo que digo, porque en esos casos la mujer no ha optado por el aborto. En Caleta lo hicimos con buenos resultados. En forma comprometida y activa”, sentenció.  
Destacó que en Santa Cruz “no se han dado casos de aborto no punibles”.

No abortaría

Se le repreguntó qué sucede si la mujer insiste con la práctica abortiva y no encuentra solución en el ámbito estatal, y decide acudir a un aborto clandestino.  
“Creo que no sucedería eso, porque mientras el quipo de salud la proteja, en ningún caso se irá al clandestino. Si están contenidas no se van porque el daño después es mayor. Que vaya al hospital  no significa que no hay ninguna lesión a futuro ni en ese momento, porque recordemos que le quedará el síndrome post aborto. Por eso hay muchos casos en la Argentina de mujeres que abortaron y  luego optaron por el suicidio”, precisó y subrayó: “Como abogada se que quien practica un aborto, está cometiendo un delito pese a que la Corte  haya intentado ampliar forzadamente lo que dice la Ley y Código Penal y Constitución de la Nación.
La Constitución en 1994 con la reforma, jerarquizó el derecho a la vida”
La abogada expresó que artículo 86 del Código Penal es claro al permitir la practica del aborto solo cuando la mujer es idiota y demente, y que los magistrados de la CSJ efectuaron una “interpretación incorrecta y forzada”, porque los organismos de derecho internacional  explican que la mujer tiene derecho sobre su cuerpo “siempre y cuando no está embarazada, porque luego depende de ella de otra vida.”

FUENTE: TIEMPO SUR

2 comentarios:

  1. No coincido en generalizar, que las mujeres victimas de un abuso opten por el suicidio cuando han logrado mediante un aborto solucionar una situación de embarazo forzosa y no deseada., es cierto que el derecho a la vida es constitucional pero los derechos de uno terminan cuando comienzan los del otro y traer al mundo una criatura no deseada con las secuelas psicologicas que conlleva una violación y en su defecto acarrear con el hecho de dar a la misma en adopción en caso de no estar en condiciones de criarla no me parece que es cumplimentar con los derechos de las mujeres como "personas", sino más bien tratarlas como un objeto de repriduccion. En síntesis la facultad de procreación se transformaría en una desventaja en vez de una bendición.

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  2. COINCIDO CON UD. que no todas las víctimas de un abuso opten por el suicidio.
    coincido también en que desde esta mirada, se estaría reforzando y avalando la mirada de la mujer como mera hembra reproductora.
    Sería importante colocar en debate si la facultad de procreación es una bendición o una desventaja.
    gracias por su comentario!

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