sábado, 13 de noviembre de 2010

CORRIENTES: media sanción para el refugio de víctimas de violencia intrafamiliar


La Cámara de Diputados aprobó ayer por unanimidad una iniciativa cuyo objetivo es proteger en lo físico y emocional a las mujeres que sufren maltrato físico o psicológico. A partir de la misma se construirán albergues en las ciudades de Corrientes, Goya, y Paso de los Libres.

“Hay en Corrientes un grito silencioso de cientos de mujeres que son golpeadas físicamente o maltratadas psicológicamente. Algunas son menores de edad, otras adultas. El Estado no puede estar ajeno a esta realidad, y debe intentar evitar hechos de desenlace fatal. De ahí, la idea de estos refugios temporales, por supuesto, a fin de protegerlas en su integridad” dijo a la prensa Nora Nazar, una de las autoras del proyecto, que pasó al ámbito del Senado para su sanción definitiva.
El texto de la futura nueva ley crea en el ámbito de la provincia de Corrientes “tres casas de refugios temporal que servirán de albergue seguro, a las mujeres, niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia intrafamiliar o doméstica. Las mismas se ubicarán en las ciudades de Corrientes, Goya, y Paso de los Libres. Podrán abrirse casas de refugio temporal en otras ciudades cuando las necesidades así lo justifiquen”.
Dichos refugios tienen como objetivo principal albergar a las mujeres, niños, niñas y adolescentes de la agresión física, psicológica, sexual o emocional, al momento que demanden tal protección a las autoridades correspondientes y brindarles apoyo social, legal y de salud. De esta manera, se cubrirán temporalmente sus necesidades básicas de alojamiento y manutención, por 30 días o más, de acuerdo a la necesidad.
Las personas víctimas de violencia familiar que ingresen a estos hogares de refugio, recibirán obligatoriamente atención multidisciplinaria, para la recuperación del daño sufrido y su normal desarrollo social.
Se podrá ingresar mediante oficio judicial, por derivación directa de organismos del Estado provincial o municipal, que específicamente brinden servicios de asistencia psicológica o jurídica a víctimas de violencia familiar, a través de derivación de hospitales o centros de salud municipales y provinciales, que hayan detectado y determinado la situación de violencia familiar.
FUENTE:X SUPUESTO

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