sábado, 4 de junio de 2011

Córdoba: grandes cambios, La SENAF tratará causa de niñ@s


Ya comenzaron a regir en el Poder Judicial grandes cambios estructurales que involucran principalmente cómo y quién va a decidir sobre los derechos de los niños y adolescentes y los casos de violencia familiar.
Desde ayer, no existen más los Juzgados de Menores Prevencionales. La mayoría de los casos pasó al ámbito de la Secretaría de la Niñez del Gobierno provincial.
Es que ayer se publicó en el Boletín Oficial la flamante ley de infancia (9.944) que dispone que la mayor parte de los casos de vulneración de derechos de los chicos pase al Poder Ejecutivo. Quita entonces las históricas competencias de los Juzgados de Menores en lo Prevencional y las traspasa a la Secretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf).
Así, será la Senaf, y no el juez, la que decida qué programas y políticas se aplicarán a ese niño. Y la ley va más allá: el Ejecutivo no sólo implementará esas políticas –algo que debería haber hecho siempre– sino que será el único encargado en dictar y dejar sin efecto las “medidas excepcionales”, sin intervención del juez, quien sólo podrá controlar posteriormente la legalidad de ellas.
Esas medidas son las que disponen sacar al niño de su familia actual para que viva con su familia ampliada o en un instituto en los casos de chicos que “estén privados de su medio familiar” o cuando así lo exija su “interés superior”.
Ellas sólo se pueden dictar “cuando las medidas de protección integral resulten insuficientes o inadecuadas”. Entre otras, la nueva ley nombra como medidas de protección a programas de educación y capacitación para la familia; el tratamiento médico y psicológico de los niños o de sus padres.
Y dice que “cuando la amenaza o violación de derechos sea consecuencia de necesidades básicas insatisfechas, carencias o dificultades materiales, económicas, laborales o de vivienda, las medidas de promoción y protección serán los programas dirigidos a brindar ayuda y apoyo, incluso económico”.
Violencia familiar

Como los cuatro Juzgados de Menores Prevencionales se quedaron prácticamente sin competencias, el Tribunal Superior de Justicia dispuso, por medio de una acordada, traspasarles todas las causas actuales y futuras de violencia familiar.
Así, pasarán a llamarse Juzgados de Niñez, Juventud y Violencia Familiar y entenderán, además, en las causas relacionadas con las guardas preadoptivas otorgadas o aquellas cuyo otorgamiento resulta inminente y en los procesos en los que se haya dictado sentencia de desamparo o “preadoptabilidad”.
Y los dos juzgados actuales de Violencia Familiar se sumarán a los cuatro juzgados de Familia, lo que descomprimiría el colapso de ese fuero.
En cambio, se archivarán las causas tramitadas ante los jueces prevencionales en las que no se hubiera dispuesto una medida excepcional. En estos casos, se transferirán a la Senaf los informes, las pericias y la documentación relativa al conflicto que originó la intervención judicial de los niños.
En Río Cuarto, Bell Ville, Villa María, San Francisco, Villa Dolores y Cruz del Eje, las causas ingresadas por hechos de violencia doméstica son tramitadas a partir de ayer por los Juzgados de Menores. En los demás centros judiciales del interior de la provincia, los tribunales civiles mantendrán su competencia en materia de Violencia Familiar.

Presupuesto. La ley incorpora al presupuesto general recursos “intangibles” por un total de 155,3 millones de pesos para la aplicación de esta ley. De ellos, 27,2 millones provendrán de la Lotería de Córdoba y el resto del Impuesto al Sello.

GRANDES CAMBIOS EN EL PROCEDIMIENTO PENAL JUVENIL

La ley también modifica el procedimiento penal juvenil, pero estos cambios comenzarán a regir recién dentro de dos años.

La ley también modifica el procedimiento penal juvenil, pero estos cambios comenzarán a regir recién dentro de dos años.
Según la nueva norma, los actuales jueces de Menores Correccionales ya no acusarán y decidirán sobre el actuar delictivo de los chicos menores de edad. Que ambas tareas las realice la misma persona es considerado inconstitucional.
Esos magistrados pasarán a llamarse jueces Penales Juveniles y será el fiscal Penal Juvenil quien investigue y acuse ante el juez. A su vez, la norma crea la Cámara de Niñez, Juventud y Violencia Familiar, que reemplazará como órgano de casación a las cámaras penales ordinarias.
La aplicación no será inmediata: se establece un plazo de un año, prorrogable por otro período igual.
FUENTE: LA VOZ DEL INTERIOR / Córdoba

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