viernes, 1 de julio de 2011

MADRID: RTVA adopta código de autorregulación sobre la violencia machista



Elaborado por el Consejo Profesional de Canal Sur Televisión y Canal Sur 2 en colaboración con especialistas jurídicos, en sociología y seguridad, así como con miembros de asociaciones por la igualdad y la protección de la mujer, RTVA ha adoptado una guía de autorregulación que pretende reafirmar las políticas públicas en contra del machismo y de su arraigo cultural y social.
El documento constituye 'el conjunto de principios, modelos de conducta y normas que deben observar los profesionales', según Pilar Vergara, directora de Informativos. El director general de RTVA, Pablo Carrasco, ha valorado el esfuerzo realizado 'en aras de la televisión de utilidad que siempre he defendido'.


Según Pilar Vergara, este documento reafirma el compromiso de la cadena con la lucha contra la violencia de género y ha sido elaborado por los propios profesionales de la televisión andaluza para garantizar lo que la sociedad espera de un medio público.
'El apoyo y respeto de las normas y principios de conducta ética contenidos en este documento sustentan y fortalecen la búsqueda de la excelencia profesional. El documento constituye el conjunto de principios, modelos de conducta y normas que deben observar los profesionales', ha subrayado Vergara.

En 2010 murieron 73 personas víctimas de la violencia de género y hubo más de 134.000 denuncias en toda España. Por ello, el director general de RTVA, Pablo Carrasco, ha señalado que 'la violencia machista, pese al rechazo social que tiene en gran parte gracias a los medios, no está ni mucho menos erradicada, como vemos con las cifras de 2011. 29 víctimas en España y 9 en Andalucía solo en este año. Seguro que este código, en la medida que cale entre los profesionales, nos ayudará a todos a hacer mejor las cosas en este terreno'.


El morbo no es noticia

Los redactores de la televisión pública andaluza han recabado el apoyo de diversos especialistas en sociología, derecho y seguridad, así como de miembros de asociaciones por la igualdad y la protección de la mujer, en aras de formalizar la noticia en las redacciones, y reafirmar las políticas públicas en contra del machismo y de su arraigo cultural y social en el ámbito de la comunidad autónoma. Canal Sur se convierte así en una de las primeras televisiones autonómicas en adoptar un código deontológico que regule el tratamiento de la información relacionada con la violencia machista, de género, sexista o contra la mujer.

El documento se articula en torno a las siguientes claves, que responden a las dudas que pudieran surgir sobre los términos, el tratamiento informativo y las imágenes empleadas: 'la violencia machista no es un suceso convencional, el morbo no es noticia ni información, la urgencia sobra; el rigor es imprescindible. Debe servir para arrinconar a autores, encubridores y personas que justifican y disculpan estos hechos. La igualdad, la libertad y la integridad de las personas son valores irrenunciables y cualificadamente protegidos'.


Terminología

El código recomienda el uso de expresiones como ‘violencia machista, sexista, contra las mujeres’ o ‘violencia de género’, en detrimento de ‘violencia doméstica, familiar, de pareja’ o, por su imprecisión e inexactitud, ‘violencia masculina contra las mujeres’.

Se rechazan también aquellos términos, coartadas, excusas y estereotipos que puedan justificar el hecho violento o distorsionen el acto criminal: ‘crimen pasional’, ‘consumo de alcohol o drogas’, ‘celos’, ‘discusiones de pareja’, ‘era una persona normal’, ‘tenía un amante’, o ‘coqueteaba con todo el mundo’.


Cuando la violencia contra la mujer tenga como resultado la muerte, se hablará de ‘crimen’, ‘atentado’, ‘homicidio’ o ‘asesinato’.

Hasta que no haya una sentencia firme, los términos más apropiados son ‘presunto agresor, homicida, criminal, autor, culpable o reo’, ‘supuesto autor’, ‘sospechoso’, ‘arrestado’, ‘detenido’, ‘imputado’, ‘acusado’ o ‘procesado’. Si en el transcurso de los hechos, de la investigación o del proceso judicial confesara su culpabilidad, el agresor también será ‘autor confeso’.

El código de autorregulación recomienda también, para referirse a la víctima, la utilización de los términos ‘mujer’, ‘víctima’, ‘víctima mortal’, ‘maltratada’, ‘agredida’, ‘fallecida’ y ‘muerta’, o bien el empleo de su nombre propio sin apellidos.

Los hechos son igualmente presumibles, supuestos o conjeturables hasta que haya una sentencia firme. Su descripción parte de una fuente. Los adjetivos, sobran.


Tratamiento informativo

En cuanto al tratamiento informativo, el Consejo Profesional parte del rechazo a considerar las noticias relacionadas con este tipo de agresiones como ‘sucesos’ convencionales. El interés informativo de un acto cometido contra la integridad física, psíquica y moral de las personas subyugadas, en este caso la mujer, debe estar revestido de lógicas cautelas que contribuyan a acabar con este grave problema social que atenta contra los principios de igualdad, la dignidad de la mujer, y en muchos casos contra el derecho a la vida, según recoge el código.

En el documento se dan recomendaciones como preservar la intimidad, el honor y la dignidad de la víctima; no extenderse en detalles en la descripción de la muerte -'mejor noticia breve que noticia inflada'-; respetar la presunción de inocencia del agresor hasta que se demuestre lo contrario, cuando haya una sentencia firme condenatoria o nunca prescindir de las fuentes oficiales -Policía, Guardia Civil, Servicios Sociales, etc-. También se pide a los profesionales que cuiden las imágenes y desestimen el material audiovisual que induzca al morbo, al sensacionalismo y al espectáculo.


FUENTE: OBSERVATORIO DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO /MADRID

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