martes, 1 de noviembre de 2011

DELITO TRANSNACIONAL: TRATA DE PERSONAS CON FINES DE EXPLOTACIÓN SEXUAL




“La Corte Penal Internacional ha catalogado la trata de personas como un delito de lesa humanidad, esto quiere decir que es considerada como uno de los crímenes más graves que se cometen contra la humanidad, al constituirse en una violación grave a los derechos humanos de quienes la padecen”.
La trata de personas es una forma de esclavitud moderna, una violación de los derechos humanos que constituye un delito contra la seguridad humana y contra la seguridad del Estado.


La trata de personas es un negocio ilícito que en algunos casos aprovecha las corrientes migratorias internacionales. El enfoque por tanto pasa por prevenir, enjuiciar a los autores y proteger a las víctimas considerando la seguridad de las personas y no exclusivamente la seguridad del Estado.

La trata de personas no puede combatirse exclusivamente a través del imperativo enjuiciamiento del delito. Es preciso que la legislación también reconozca que las personas objeto de la trata son víctimas y deben protegerse sus derechos humanos básicos.

La trata de personas constituye una forma de violencia. Las víctimas más frecuentes (mujeres y los niños/as) quedan expuestas a traumas psicológicos y físicos y a un aumento de la probabilidad de contraer enfermedades como el VIH/SIDA.

La trata de personas con fines de explotación sexual se aviva por la desigualdad entre los géneros y la falta de igualdad de oportunidades. Es importante dejar constancia de que la demanda de prostitución es un factor que contribuye a esta situación.


Para nosotras es esencial que los Estados se impliquen en la prevención, protección y adopción de medidas que combatan los factores que contribuyen a esta situación, reduciendo la vulnerabilidad a la trata y concienciando sobre la explotación que es inherente a la demanda de servicios sexuales. Deben implicarse activamente en el desbaratamiento de la industria del sexo y limitar sus ganancias realizando labores de represión, y deben –de forma clara- apoyar las labores de concienciación social a fin de reducir la demanda de personas para la explotación sexual.

Somos conscientes de que la trata de personas con fines de explotación sexual al ser un delito transnacional, requiere, políticas que impulsen la cooperación, la promulgación de leyes que consideren víctimas y no delincuentes a las personas objeto de la trata, y una apuesta decidida por fomentar la puesta en marcha de programas de protección de testigos y asistencia a las víctimas.

Conscientes de que son muchas las formas en que se puede contribuir para erradicar la trata de personas, apostamos por articular un proyecto de atención integral a mujeres víctimas de trata, a través de un proceso completo de intervención, que se inicia con la siempre compleja toma de contacto con la mujer y su identificación como víctima de trata, hasta que una vez recuperada accede al mercado laboral en España, o retorna en condiciones de seguridad a su país de origen.

Dada la dificultad de las víctimas de trata para romper su relación de esclavitud, una vez identificadas por Apramp, nuestras mediadoras/es continúan el contacto, para desarrollar un proceso de intervención integral personalizado.

Nuestro trabajo va más allá de la intervención directa. Nuestra línea de sensibilización social implica también la recopilación estadista que permita conocer la realidad y evolución del problema, el intercambio de información a través de nuestra Web y la sensibilización y promoción de redes sociales que nos permitan aumentar la concienciación social.

Fuente: OBSERVATORIO DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO - MADRID

No hay comentarios:

Publicar un comentario