domingo, 22 de abril de 2012

SI MATA, NO ES AMOR




Diana Maffía
;">IIEGE - UBA
MESA DEBATE " ASESINADAS EN NOMBRE DEL AMOR" (FERIA DEL LIBRO, BUENOS AIRES)

FEMICIDIO
En la Cámara de Diputados de la Nación se acaba de dar media sanción
al proyecto de incorporar al código penal la figura de “femicidio”,
como efecto de la visibilidad de los crímenes de mujeres que forma
parte de la estrategia de incidencia política del feminismo. Para que
fuera posible mirar los asesinatos de mujeres de esta manera, hizo
falta dejar de naturalizar la violencia en las relaciones
interpersonales como exceso pasional, y a la vez dejar de ver estos
casos como crímenes individuales y percibir el patrón colectivo que
los posibilita.

Cuando el psicoanálisis tradicional aplica a las mujeres que sufren
violencia la caracterización de “masoquistas”, las hacen
corresponsables como víctimas, poniendo énfasis en el vínculo como si
fuera patológico e involucrara a una pareja que se vuelve así
“anormal”. Pero la crítica feminista precisamente va a poner el foco
en las estructuras de dominio y de poder que hacen de toda mujer, por
su mera condición de mujer, un sujeto vulnerable a la violencia como
reaseguro de la posesión y el sometimiento.

Las acciones de violencia sobre una mujer pueden llevar a esa mujer a
la muerte; pero las palabras para describir esa violencia nos ponen en
peligro a todas. El propio hecho de comunicar los episodios de
violencia extrema y los femicidios en los medios masivos de
comunicación tienen efectos paradojales. Ante las noticias difundidas,
muchas mujeres relatan que sufren amenazas de que les va a pasar lo
mismo si no son dóciles, o se minimizan sus quejas porque la violencia
que sufren no es comparable a la que toma estado publico, o los
victimarios imitan como por contagio los mecanismos violentos. Este es
el caso, a partir del resonante episodio del baterista de
“Callejeros”, con la difusión de varones que prenden fuego a las
mujeres, episodios que se agudizan multiplicándose cuando son
difundidos. Imaginemos el efecto si además estos crímenes permanecen
impunes. Su difusión, lejos de darle recursos de advertencia a las
posibles víctimas, refuerzan la posición del victimario.
Sin embargo, el avance en las políticas públicas contra la violencia,
la aceptación del Estado del papel que le cabe en garantizar la
integridad de las mujeres como condición de su ciudadanía, comenzó
precisamente con un femicidio de gran repercusión: el asesinato de
Alicia Muñiz por parte de Carlos Monzón. El reconocimiento público de
las figuras involucradas le dio una trascendencia al hecho que pronto
pasó a ser debate sobre la violencia doméstica.
Recién a partir de este caso comenzaron a crearse áreas de atención, y
a apoyarse a las organizaciones de mujeres que venían luchando contra
este flagelo a través de grupos de autoayuda pero sin recursos
estatales como dispositivos de salud y de refugio. Mar del Plata, el
lugar donde había ocurrido este hecho, fue escenario también de otro
escalofriante episodio femicida: el asesinato de prostitutas que se
atribuyó a un inexistente “loco de la ruta”, pero que luego de una
cuidadosa investigación llevada adelante por un juez local, reveló la
trama de corrupción policial, judicial y política en la explotación de
la prostitución.
¿Podríamos llamar a estos episodios “femicidio”? Curiosamente, entre
los agravantes que acaban de votar los diputados y diputadas, figura
el odio racial o la homofobia, pero la condición de prostitución y
trata de personas no figura. Evidentemente es costoso pensar la
prostitución como una forma de violencia, por eso el aliento oficial a
quienes hablan de “trabajo sexual”, ya que de esta forma el
prostituyente, por efecto de un eufemismo, se transforma en “cliente”,
y el dinero de la transacción elimina el gesto violento de transformar
un cuerpo en mercancía.


 TRATA DE PERSONAS
La ley de Trata, poco después de sancionada, debió ser modificada por
las duras críticas que recibió la pretensión de que si la víctima
tenía más de 18 años recayera sobre ella la exigencia de probar que
había sido engañada. Es decir, la ley presuponía que una persona da
consentimiento a su propia esclavitud sexual, si no demuestra lo
contrario. Además, las penas por engañar a una mujer para obligarla a
ejercer la prostitución tenían la mitad de la pena que merecía el
delito de abigeato, el robo de ganado. Es decir, para la ley, robar
una vaca equivalía a prostituir a dos mujeres. ¿Cuánto de la mala
voluntad para legislar en los casos de trata, para llamar por su
nombre a los prostíbulos en lugar de encubrirlos como wiskerías o
cabarets, y para sancionar la explotación de la prostitución, tiene su
raíz en la impunidad construída para los prostituyentes y en la
naturalización del consumo de prostitución por los varones?



AVENIMIENTOA fines del año pasado, otro hecho conmovió a la opinión pública por
su gravedad. Una adolescente de 19 años que se había separado de su
compañero con quien tenía un hijo pequeño, fue violada por él a la
salida de su trabajo. El hombre fue preso, y durante su cautiverio
retomó el vínculo con su ex mujer a la que prometió casarse para
iniciar una convivencia como familia. El fiscal consideró que era una
estrategia para salir de la cárcel, pero ella solicitó el recurso de
“avenimiento” para que lo liberaran. Quisiera detenerme unos minutos
sobre este recurso, una rémora conservadora y patriarcal en el
contexto de un cambio legal muy relevante.
La violación era referida en el código penal como un “delito contra la
honestidad”. Claramente, el honor protegido era el de la familia, lo
que es decir el honor de quien posee a esa mujer (paradigmáticamente,
el padre). Ese honor se subsanaba si el violador consentía casarse con
la víctima, y entonces cesaba la causa penal contra él. Es más, tan
fuerte era la idea de “honestidad” como posesión, que una prostituta,
por ejemplo, no podía denunciar una violación; y cualquier mujer debía
probar que era “honesta” para que se iniciara la causa penal. Todavía
ahora, ante una denuncia y con el paradigma patriarcal bastante
vigente a pesar de los cambios, la mujer será indagada sobre su
vestimenta, sus hábitos, los horarios y el lugar por donde transitaba
y si había trabado algún vínculo con el agresor sexual.
En 1999 la figura se modificó. Los “delitos contra la honestidad”
pasaron a ser “delitos contra la integridad sexual”. El bien protegido
ya no era externo a la víctima, sino que se produjo una revolución
semiótica, poniendo a las mujeres, su integridad y autonomía como bien
tutelado por la ley. Sin embargo, este giro no fue fácil, y los
legisladores más conservadores, a propuesta del entonces diputado José
Cafferata Nores, exigieron mantener la figura del “avenimiento” o
reconciliación como condición para aprobar el cambio, si bien
agregando aclaraciones sobre que éste se hacía sin forzar la voluntad
de la víctima, que libremente tomaba su decisión.
Así el Código Penal estableció que en casos de violación y cuando haya
relaciones afectivas preexistentes entre víctima y victimario, el
tribunal puede excepcionalmente aceptar la propuesta de ella si fue
formulada libremente y en condiciones de igualdad y si considera que
“es un modo más equitativo de armonizar el conflicto con mejor
resguardo del interés de la víctima”. Y entonces se extingue la acción
penal
¿Es concebible, en una trama de relaciones sociales donde todavía las
mujeres se encuentran en muchas formas de sujeción, de dependencia y
de sometimiento; después de un delito tan estigmatizante como la
violación, hablar de decisión libre por la cual la víctima decide
retirar la denuncia porque va a casarse con el violador? Sin embargo,
la figura se mantuvo.
En el caso que relatamos, Carla, la adolescente violada por su ex
pareja, solicita el avenimiento; y aunque un primer fallo judicial
rechazó el recurso ambos insistieron y el acuerdo fue avalado por el
Tribunal de Impugnación Penal de la provincia de La Pampa, que lo
concedió en un fallo dividido. Al segundo día de convivencia, el
hombre la mató violentamente. Los medios de comunicación se hicieron
un festín con esta historia, ya que de pequeña la muchacha había
presenciado el asesinato de su madre en manos de su padre. Pero lo
verdaderamente grave del asunto es que profesionales que deberían
asegurar la atención adecuada de estos casos, argumentaran que la
propia mujer había sido responsable y se había buscado su propia
muerte.
Un psicoanalista del Hospital Álvarez, Sergio Sabalza, se pregunta en
una nota en La Nación “¿ Qué lleva a una persona a contraer un
compromiso legal y afectivo con  quien atropellara su honor e
intimidad?” pregunta que pone la agencia en la mujer. No se pregunta
qué lleva a un hombre a violar y luego matar a una mujer con la que ha
convivido y con la que tiene un hijo, sino qué la lleva a ella a
amarlo. Y como respuesta escribe (y permítanme una cita algo extensa):
Un peritaje psicológico advertía el estado de shock en que se
encontraba la víctima a causa de la agresión sufrida a manos del
violador. Pero tal diagnóstico no es suficiente para explicar la
insensatez que demuestra quien no está en condiciones de preservar su
seguridad física y psíquica .

El colapso psicológico puede arrojar un sujeto a la cama durante
semanas, precipitarlo en la depresión o en la perplejidad. Pero no
explica cuál es el resorte subjetivo que induce a una persona a volver
a padecer el mismo horror.
La observación apunta al corazón del descubrimiento freudiano del
inconciente, el masoquismo , por el cual un sujeto goza más allá de lo
que sus barreras éticas y estéticas están dispuestas a tolerar. Esta
condición erótica, a veces en franca oposición con la moral de la
persona, se cuece en el hervor de los primeros cuidados y se termina
por sellar en la adolescencia. Aquí el historial nos exime de mayores
comentarios: cuando Carla tenía pocos meses de vida, su padre había
asesinado a su esposa y madre de Carla.
Por eso, a veces las personas no sólo somos víctimas de un agresor
actualizado allí en carne y hueso (el cual deber ir a la cárcel, por
supuesto), sino también de nuestra propia condición erótica. La
violencia que se agita entre los miembros de las parejas y en el seno
de las familias hace más que recomendable que este rasgo tan singular
de la condición humana sea tenida en cuenta por la justicia . El ser
humano es la única criatura del planeta que vuelve a poner los dedos
en el enchufe.
Entendamos bien: el psicoanalista invita a que cuando la justicia
juzgue al asesino, tome en cuenta que la víctima tenía una inclinación
propia a repetir una escena, que como masoquista buscaba. No me canso
de pensar qué llevó a este profesional de la salud mental a escribir
esto en un medio de comunicación masivo, qué estaba defendiendo,
contra qué malentendido estaba levantando el poder de su discurso
autorizado.
Tan horroroso fue el efecto de este asesinato, tan burda la disculpa
de los jueces, que en veloz trámite parlamentario hace unas semanas el
Avenimiento fue derogado. Aquello que no era negociable se negoció,
aunque el precio fue una vida. La diputada feminista Marcela Rodríguez
venía presentando desde 2008 proyectos para derogar la vergonzosa
figura del Avenimiento, pero nunca fueron tratados y perdían estado
parlamentario, debiendo volver a ser presentados.


LGTB Y VIOLENCIA
Natalia Gaitán, “la Pepa”, era una joven lesbiana que fue asesinada
por el padrastro de su novia, asesinada por no esconder una forma de
amor no legitimada por las formas silenciosas y opresivas de la
sexualidad hegemónica. El debate social sobre este crimen permitió
explicitar las formas violentas de conductas homofóbicas, lesbofóbicas
y transfóbicas que han terminado en crímenes de odio. Como sociedad
hemos avanzado con la ampliación de la ley de matrimonio, y hoy
estamos discutiendo en el Senado Nacional la ley de Identidad que
recibió media sanción en Diputados en noviembre del año pasado, y que
impulsa formas de respeto y autonomía inéditas. Pero como reacción a
estos avances, recrudecen estas expresiones amenazantes que exigen a
los cuerpos y sexualidades disidentes que no se muestren y que no nos
interpelen.
Y como el nombre de esta mesa, “asesinadas en nombre del amor”, me
permitió ir mucho más allá del asesinato de una mujer en manos de
alguien a quien amó o que dice amarlas, quiero concluir hablando de
otras muertes que constituyen un femicidio silencioso: las muertes por
abortos inseguros.



ABORTOS INSEGUROS = MUERTE

La presunción de un instintivo amor maternal, encubre el hecho de que
por muchas razones las mujeres pueden tener embarazos no deseados. Que
no todo embarazo dispara en las mujeres un desborde amoroso que se
expresa en abnegación. Y por lo tanto, que no toda mujer está
dispuesta a morir, o a sufrir, o a ignorar la violencia de una
violación, para continuar la gestación de un embrión que sin ella no
puede ser viable.

Los casos recientes de niñas de 10 u 11 años, abusadas y embarazadas
como consecuencia de ese abuso, a quienes ministros de salud
provinciales (como el ministro de Entre Ríos o el de Corrientes)
consideran perfectamente saludables para llevar adelante sus
embarazos, y por lo tanto niegan la interrupción solicitada por sus
madres, ponen de relieve la diferencia profunda entre un cuerpo en
primera persona y en tercera persona. Un hombre nunca será portador de
un embarazo, su cuerpo nunca gestará una criatura, por lo tanto la
deliberación sobre el aborto nunca será en carne propia. Sin embargo,
desde sus lugares de poder obligarán a las mujeres y a las niñas a
algo inmoral: tener una conducta por encima de su propio deber y de
sus propios derechos, negarse para posibilitar otra vida, abnegarse.
El reciente fallo de la Corte Suprema pone claridad sobre el alcance
del artículo 86 del Código Penal, que en su inciso 2 dice que no será
punible el aborto cuando el embarazo sea “producto de una violación o
de un atentado al pudor contra una mujer idiota o demente”. Este
inciso habla de dos casos: cuando una mujer sea forzada sexualmente, o
cuando esté imposibilitada de consentir la relación sexual por su
condición mental. En ninguno de los dos casos se la puede obligar a la
posible consecuencia de un acto no consentido, en este caso un
embarazo, y por eso se autoriza la interrupción en caso de que la
mujer así lo decidiera.
Que su decisión sea obstruída por el médico, el juez, el cura, el
legislador, la corporación de abogados católicos, el ministro y el
gobernador, muestra la medida de la enajenación del cuerpo y la
voluntad de las mujeres. Que se clandestinicen abortos que son
legales, tornándolos inseguros y a veces mortales, es un crimen por
omisión de parte del Estado. Que algunos gobernadores hayan salido a
desconocer un fallo de la Corte Suprema que ampara el derecho a la
salud, sin que el Ministerio de Salud de la Nación salga de su
mutismo, muestra que en la negociación del poder las mujeres somos la
moneda de cambio pero no los sujetos del pacto democrático.
El empeño puesto por la Campaña por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito
al presentar un proyecto de ley, avalado por diputados y diputadas de
distintos bloques que incluyen al oficialismo, tropieza con la cerrada
e incomprensible negativa de la Presidenta de la Nación a habilitar el
debate parlamentario, justificada en una desventura personal que puede
fundar una decisión individual pero de ninguna manera una barrera
política para todas las mujeres.
Dentro del marco de los derechos humanos, Argentina ha adherido a los
objetivos del milenio de Naciones Unidas. Uno de esos objetivos es
bajar la mortalidad materna para el 2015. Estamos muy lejos de ese
objetivo, y seguiremos incumpliéndolo porque la principal causa de
muerte materna es el aborto inseguro.


RED PAR 

En noviembre de 2006, durante el Primer Encuentro Nacional de
Periodistas con Visión de Género, se conformó la Red PAR , que lleva
su identidad y su objetivo en el nombre: Periodistas de Argentina en
Red por una comunicación no sexista. Como oportuna intervención en la
comunicación muchas veces iatrogénica de la violencia, elaboraron un
decálogo para informar sobre los hechos que sugieren llamar “violencia
de género”, “violencia contra las mujeres” o “violencia machista”,
desterrando el equívoco y generalizado concepto de “crimen pasional”,

y elaborando un manual que recuerda las múltiples formas de violencia
que soportan las mujeres por su mera condición de género, que cuando
resultan en muertes consideraremos femicidios. Así, además de la
visible violencia física destacan otras formas que debemos aprender a
percibir y valorar en su criminalidad: aislamiento y abuso social,
abuso ambiental, abuso económico, conductas de control y dominio,
control por medio de amenazas, abuso verbal y psicológico, violencia
sexual, abuso emocional, chantaje emocional, institucional, laboral.
contra la libertad reproductiva, obstétrica y finalmente mediática.
Intenté pues recorrer hasta aquí sólo unas pocas, muy resonantes, de
las muchas maneras en que las mujeres morimos asesinadas. El desafío
de cambiar este destino está en las relaciones humanas pero también
está en el lenguaje. Si duele, si lastima, si humilla, si sojuzga, si
mata, no lo llamemos amor.

FUENTE: RIMA - DIANA MAFFIA 
IIEGE - UBA



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