martes, 11 de junio de 2013

BUENOS AIRES: LA PROVINCIA INSCRIBIÓ AL PRIMER BEBÉ CON APELLIDO DE LA MADRE ANTECEDIENDO AL DEL PADRE

La Plata: Ampliación de derechos

En un hecho inédito y que marca precedente a nivel país, una pareja de bonaerenses inscribió a su hijo con el apellido de la madre acompañado del apellido del padre.



El jefe de Gabinete provincial, Alberto Pérez, anunció que el Registro provincial de las Personas realizó la primera inscripción de un bebé con doble apellido, anteponiendo el de la madre al apellido del padre. “Lo que se garantiza es el principio de igualdad entre los miembros de una pareja para tomar esta decisión, sean padres heterosexuales u homosexuales”, especificó Pérez. Y destacó que “esta inscripción responde a una interpretación de la Ley del Nombre y de la Ley de Matrimonio Igualitario centrada en este principio”.

Se trata de Manuel, un bebé platense que nació el diciembre de 2012, hijo de Laura Vázquez y de Gonzalo Bernal, que fue inscripto hoy en el Registro civil de La Plata como Manuel Vázquez Bernal y que ya tiene en trámite su primer DNI.

 “Consideramos que el derecho de los progenitores en parejas de igual sexo a elegir qué apellido va primero al inscribir un hijo, es el mismo que tiene una pareja heterosexual, en total sintonía y coherencia con el principio de igualdad y la ampliación de derechos contemplada en la Ley de Matrimonio Igualitario”, agregó el Jefe de Gabinete.

Al momento de la inscripción, el subsecretario de Gabinete Juan Pablo Alvarez Echagüe explicó que "cumplimos con el deseo de esta familia que en ejercicio de su derecho decidió que el apellido de la mamá sea el primero acompañado por el del papá. La Convención Internacional contra la discriminación de la mujer y la Constitución amparan esta decisión y sobre todo la protección a la identidad del niño,  porque trabajamos para que no haya un solo chico en la Provincia de Buenos Aires sin inscribir y esta era la petición de su familia". Y agregó que "ojalá a partir de los fallos judiciales y de esta decisión del Registro Civil más importante de Latinoamérica podamos contar con una nueva ley por parte del Congreso Nacional que reconozca directamente estos derechos". 

Los padres de Manuel solicitaron darle los dos apellidos anteponiendo el de la madre mediante un expediente, que dio lugar a una disposición del Registro provincial de las Personas que habilitó la inscripción del nacimiento. Laura y Gonzalo toman la decisión “acorde con principios encaminados a una vida sin discriminaciones de ningún tipo, igualitaria entre los géneros en todos los órdenes” y destacan que pretenden criar y educar a su hijo “con los valores de la libertad, la igualdad, la justicia y los derechos humanos”.  
"Creemos que este va a ser un primer paso para igualar en nuestro país a madres y padres en la libertad de elegir cómo llamar a sus hijos, estamos muy contentos por el eco que encontramos en las autoridades de la Provincia que comprendieron perfectamente el espíritu de nuestro planteo", afirmó Laura. La disposición del Registro fue firmada por su directora, Claudia Corrado.

Qué dice la ley  

En Argentina la Ley del Nombre (18.248) señala en los artículos 4 y 5 que el niño debe tener el apellido del padre, que el doble apellido es optativo y que el orden es primero el del padre y luego el de la madre. Con la sanción de la Ley del Matrimonio Igualitario, se modificó el Art. 4 de la Ley del Nombre para incluir  a parejas de padres o madres del mismo sexo, para las que el orden es optativo. De este modo los progenitores homosexuales pueden inscribir a sus hijos con cualquiera de sus apellidos o los dos, optando por el orden. Y si no hay acuerdo los mismos se ordenarán alfabéticamente.
“Lo que la Provincia de Buenos Aires interpreta en este caso es que también los padres heterosexuales tienen la libertad de elegir el orden de los apellidos”, explica Alvarez Echagüe, “teniendo como argumento el Art. 16 de la Constitución Nacional que dice que ‘todos los habitantes son iguales ante la ley’ y en el Principio de Razonabilidad (Art. 28) que limita a las leyes a no alterar las garantías y derechos reconocidos por nuestra Constitución”.
 A su vez los padres del niño fundamentaron su decisión en principios rectores como la igualdad y la no discriminación entre los géneros.

Antecedentes y disposición  

La del Manuel Vázquez Bernal es la primera inscripción de este tipo en un registro civil del país. Hubo otras dos ordenadas por el poder judicial en Córdoba y Santa Fé.
En la disposición que autoriza a Laura a inscribir a su pequeño como Vázquez Bernal, el Registro provincial de las Personas argumenta que “que el apellido materno tenga la misma importancia que el paterno en la inscripción de los hijos compone un fenómeno que se observa claramente en los Registros de las Personas de otros países". Y detalla que "la legislación española, desde 1999, permite que los progenitores de cualquier sexo o estado civil opten el orden de los apellidos de sus hijos".
"La legislación chilena -dice- norma en el mismo sentido desde 2008 y recientemente Uruguay, en la Ley que modifica el matrimonio civil, permitiendo el mismo entre personas de mismo sexo, establece la referida opción de los padres, posibilitando inscribir a sus hijos anteponiendo el apellido materno al paterno”. Y agrega que “en Portugal y Brasil, se inscriben los niños, desde hace siglos, anteponiendo el apellido materno al paterno”.

Prensa de Jefatura de Gabinete de la Provincia de Buenos Aires

FUENTE: RIMA - Mirta Bruno

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