sábado, 28 de septiembre de 2013

VIOLENCIA INSTITUCIONAL


Por estos días se reunieron en Buenos Aires integrantes de los poderes judiciales, ministerios públicos e instituciones vinculadas con la protección de los derechos de las mujeres de varios países de la región en un seminario organizado por la Corte Suprema y la Comisión Interamericana de Mujeres de la OEA para compartir buenas prácticas en materia de justicia de género. Fue gratificante corroborar que en América latina se despliegan estrategias variadas, con diverso desarrollo, para mejorar el acceso a la Justicia, proteger a las mujeres víctimas de violencia y superar los estereotipos de género en las respuestas del Poder Judicial.



Al mismo tiempo, estas experiencias confirman que el consenso social sobre la violencia que se considera inaceptable se circunscribe a algunas formas de violencia: el femicidio, la violencia sexual o en las relaciones interpersonales.

¿Qué pasa con otras violencias, como la violencia institucional desde el sistema de salud y su desatención por parte de la Justicia? El caso de María Magdalena es ilustrativo de los malos tratos a los que se somete a muchas mujeres cuando se duda de su palabra y se las condena en forma anticipada en nombre de una moral que avasalla sus derechos.

En la sentencia “FAL” la Corte Suprema no sólo aclaró el alcance del Código Penal sobre aborto no punible, sino que además dio lineamientos para una política pública de salud que priorice los derechos de las mujeres, reafirme el valor de su palabra ante cualquier otro interés del Estado y advierta que su obstrucción tendría consecuencias penales, civiles y administrativas. Esto fue ratificado en una decisión reciente (“ProFamilia”) donde la Corte ordenó investigar las conductas de una asociación, un abogado y una jueza que interfirieron en el acceso de una mujer al aborto legal. En este caso, la Corte no se pronunció sobre la responsabilidad de quienes violaron el secreto profesional en el hospital público, pero no parece razonable dudar de que corresponde continuar esa investigación y determinar responsabilidades.

El problema que muestra el caso de María Magdalena con total crudeza es la selectividad de la Justicia penal: mientras no dedica ningún esfuerzo y niega la posibilidad de investigar la violación del secreto profesional, el maltrato y la violencia ejercida contra una mujer desde una institución de salud pública, mantiene latente la causa abierta por un aborto provocado que no fue tal.

Si realmente somos una sociedad comprometida con la Justicia y la erradicación de la violencia contra las mujeres, dediquemos el mismo esfuerzo a prevenir y sancionar todas las formas de violencia. Porque son estas violencias, las que permanecen ignoradas e impunes desde el poder, las que habilitan aquellas otras por las que sí nos mostramos tan preocupados. No se erradicarán unas si no se trabaja sobre las otras.

FUENTE: PÁGINA 12
Por Natalia Gherardi *
* Abogada, directora ejecutiva de Equipo Latinoamericano de Justicia y Género.

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