lunes, 18 de septiembre de 2017

CÓMO INFLUYEN LOS MANDATOS DE GÉNERO EN LAS MUJERES?




La antropóloga Marcela Lagarde enuncia que “El género está presente en el mundo, en las sociedades, en los sujetos sociales, en sus relaciones, en la política y en la cultura. El género es la categoría correspondiente al orden sociocultural configurado sobre la base de la sexualidad: la sexualidad a su vez definida y significada históricamente por el orden genérico.”

Por tanto, el género es una construcción social que asigna de manera diferencial a hombres y mujeres una serie de roles y determina cómo deben ser las relaciones entre ellos, nos enseña cómo ser y cómo comportarnos para cumplir con las expectativas impuestas durante el proceso de socialización.




Todo ello se concreta en una serie de mandatos que interiorizamos y hacemos nuestros, nos impiden transgredir los modelos hegemónicos de masculinidad y feminidad, se traducen en pensamientos, emociones y conductas que alimentan el orden social. Si incumplimos estos mandatos nos enfrentamos a la crítica social, la culpa y la vergüenza.








¿Cómo nos afectan estos mandatos a las mujeres?

Dificultan la construcción de una verdadera autonomía personal. Es frecuente escuchar a mujeres de edad avanzada que se sienten tremendamente solas, ver cómo reprochan a sus hijas/os o nietos/as que no las atienden como necesitarían. Estas mujeres se han entregado por completo a su familia, a su “deber” de madre y esposa, no han construido un proyecto de vida propio, una identidad diferenciada de sus roles, y, cuando estas tareas de cuidado ya no son necesarias, muchas mujeres se encuentran perdidas y confundidas llegando a preguntarse ¿quién soy yo y qué he hecho con mi vida?

  • Afectan negativamente a la autoestima. Si desde pequeñas nos dicen que las mujeres tenemos que ser guapas para conseguir éxito en la vida, y, a la vez, nos bombardean con intensas campañas publicitarias que muestran un ideal de belleza inalcanzable, no es de extrañar que nos comparemos, nos sintamos viejas, gordas y feas y pensemos que no tenemos valor como personas porque no nos enseñan a valorarnos de una forma objetiva y realista. Como dice Beatriz Gimeno “Una mujer que no se gusta a sí misma no puede ser libre, y el sistema se ha preocupado de que las mujeres no lleguen a gustarse nunca”.

  • Fomentan la construcción de relaciones desequilibradas. Aún hoy, en una época en la que se ha avanzado tanto en materia de igualdad, las cualidades más valoradas en las mujeres son la belleza y la abnegación, mientras que en los hombres son la fuerza y la capacidad de liderazgo. Partiendo de esa base, hombres y mujeres potenciamos distintas capacidades que sitúan a las mujeres en una posición de subordinación en la pareja y que está en la base de las relaciones de violencia de género.

  • Generan la aparición de emociones negativas que nos causan malestar. El miedo, la vergüenza, la culpa, son emociones centrales en la vida de muchas mujeres. Nos enseñan que estamos indefensas y que tenemos que volver acompañadas a casa, teniendo mucho cuidado e intentando pasar desapercibidas para que no nos ocurra nada malo, y esto, da miedo. Aprendemos desde pequeñas cómo tenemos que ser para que nos quieran, nos acepten, que debemos pensar en el bienestar de los demás, que es egoísta satisfacer nuestras propias necesidades….y, cuando no cumplimos, nos sentimos culpables. Las mujeres nos avergonzamos cuando sufrimos violencia sexual, muchas veces lo tapamos, no lo denunciamos, porque nos consideramos responsables de haber provocado esa respuesta.

  • No potencian una vida sexual satisfactoria y libre. Gran cantidad de mujeres son incapaces de disociar la afectividad de la sexualidad, no se fomenta que tomen la iniciativa y expresen libremente su deseo porque aún sigue estando mal visto, suelen adoptar un rol más pasivo y complaciente en sus relaciones sexuales lo que, en muchas ocasiones, las impide disfrutar libremente de su cuerpo y su sexualidad.

  • Afectan negativamente a nuestra salud integral. La salud física y mental de las mujeres se ve afectada por condicionantes como la doble jornada, niveles de vida inferiores, mayor desempleo, desigual distribución del trabajo doméstico, rol de cuidadoras que les lleva a encargarse de los demás y descuidar su bienestar etc… Además, muchas veces, las mujeres acuden a consultas de atención primaria expresando este malestar a través de diferentes dolencias físicas, lo que “solucionan” pautando psicofármacos que les impiden centrarse realmente en la causa de ese malestar y por lo tanto eliminarla.

Estos mandatos de género son transmitidos durante el proceso de socialización, a través de la educación recibida, por tanto son aprendidos y pueden y deben ser deconstruidos. Para conseguirlo, tenemos primero que visibilizarlos, darnos cuenta del daño que causan en todas las esferas de la vida de las mujeres y empezar a educar en igualdad.

Por Bárbara Zorrilla Pantoja


domingo, 10 de septiembre de 2017

SIN POLÍTICAS HABITACIONALES ( REFUGIOS) PARA VÍCTIMAS DE VG

Título original: El techo que la Justicia reclama para las mujeres


Un fallo judicial señaló la falta de respuestas habitacionales para las víctimas de violencia machista

Al conceder un amparo a una sobreviviente de violencia, madre de dos niños y en situación de vulnerabilidad, la Justicia porteña alertó sobre la ausencia de políticas habitacionales para ciudadanas en esa situación. De las mujeres que piden asistencia en la Defensa Pública por problemas habitacionales, más de la cuarta parte son víctimas de violencia.





La Justicia porteña alertó sobre un tema clave: puso en evidencia la ausencia de políticas habitacionales para víctimas de violencia de género, una situación que pone en grave riesgo a mujeres de sectores vulnerables. Un fallo de la jueza en lo Contencioso Administrativo y Tributario  N° 6 de la Ciudad de Buenos Aires, Patricia López Vergara, ordenó al Gobierno de Horacio Rodríguez Larreta otorgarle una solución concreta de alojamiento definitivo, en resguardo de su derecho a la vivienda, a una mujer sobreviviente de violencia machista que vive con sus dos hijos y con su madre. Las dos mujeres están desempleadas y el único ingreso familiar es un subsidio de 1600 pesos en concepto de asignación universal por hijo. Además, se encuentran en inminente situación de calle. La decisión judicial respondió así a un pedido de amparo.

“El fallo tiene varios aciertos”, destacó a PáginaI12 la abogada Raquel Asensio, coordinadora de la Comisión sobre Temáticas de Género de la Defensoría General de la Nación, al analizar la sentencia. “Si bien el derecho a la vivienda digna corresponde a todos los ciudadanos, la falta de ese acceso tiene un impacto diferencial en distintos colectivos y grupos. Para una mujer que está en situación de violencia la falta de una vivienda, condiciona directamente la posibilidad de presentar una denuncia y salir de esa relación. En términos jurídicos se llama discriminación por resultados. ¿Qué significa? Las mismas deficiencias de la política para acceder a la vivienda, en la práctica no significan lo mismo para todas las personas”, apuntó Asensio. Además, indicó, la resolución judicial acompaña los compromisos internacionales que obligan al Estado a garantizar políticas públicas para que las mujeres puedan salir de situaciones de violencia: uno de los principales obstáculos que enfrentan son las condiciones socioeconómicas y en ese marco, el hecho de tener a cargo, exclusivamente, las tareas de cuidado de sus hijos. 

El problema es grave: 7 de cada 10 femicidios cometidos en el ámbito porteño ocurrieron en la vivienda que compartían la víctima y el agresor, de acuerdo con datos de 2015 de la Unidad Fiscal Especializada en violencia contra las mujeres y personas LGBT (UFEM).

El recurso de amparo al que hizo lugar la jueza López Vergara fue promovido por dos mujeres, madre e hija. La familia ya había recibido los diez meses de subsidio que otorga el Programa de Atención para Familias en situación de Calle del gobierno porteño, única ayuda que ofrece la Ciudad. “Como no ofrece otra alternativa para quienes se encuentran al borde del desalojo, las personas terminan recurriendo a la Justicia para encontrar una solución habitacional”, explicó a este diario la abogada Victoria Ricciardi, especializada en derecho a la vivienda para mujeres que sufren violencia. El fallo de la magistrada es parte del debate que existe en los tribunales en torno al derecho a la vivienda, y específicamente, alrededor de ese Programa (ver aparte). Del análisis de los litigios del fuero surge que entre el 25 y el 30 por ciento de las mujeres que  solicitan asistencia judicial en la Defensa Pública en materia habitacional son víctimas de violencia de género. 

“La sentencia es muy relevante, especialmente, a partir del análisis que hace sobre la repercusión que la violencia tiene en la vida de las  mujeres. Este litigio pone de manifiesto que para las mujeres de bajos recursos víctimas de violencia  el acceso a la vivienda o cómo enfrentar los gastos de vivienda es una dificultad”, señaló Ricciardi. 

La Ley 26485, de protección integral a mujeres que sufren violencia, contempla la necesidad de que se desarrollen políticas de asistencia a víctimas, que incluyen hasta líneas específicas de créditos para vivienda. 

En el fallo, la jueza López Vergara destacó que “la co-actora A. D. ha atravesado episodios de violencia por parte del padre de sus hijos, circunstancia que ha acentuado su estado de vulnerabilidad. Ello, especialmente si se tiene en cuenta que la victimización, entre otras, constituye una causa de vulnerabilidad conforme las 100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad”. La mujer obtuvo cautelarmente la prohibición de acercamiento del progenitor de sus hijos y se encuentra a cargo de su crianza “sin redes socio familiares de contención que coadyuven a tal propósito”, subrayó la magistrada, en los  autos caratulados “P. L., S. D. d V. y Otros c/GCBA y Otros s/Amparo” (Expediente Nº A9351-2016/0).

“En este estado, no puede soslayarse que el propio gobierno de la Ciudad reconoció la situación de vulnerabilidad en que se halla la co-actora”, argumentó López Vergara. Mencionó, además, que del informe elaborado por profesionales del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano se desprende que A. D. se separó del padre de sus hijos “por razones de violencia de género”, “se encuentra desempleada” y “los únicos ingresos que posee provienen del Programa AUH”. “En tales condiciones, se advierte que la actora sólo podrá superar su particular estado de vulnerabilidad en la medida en que pueda atravesar un proceso de autovalimiento que hoy solamente puede ser posible en tanto el Estado local le brinde las herramientas necesarias que le permitan alcanzar una vida autónoma y libre de violencia”, destacó al fundamentar su decisión.

Además, la jueza señaló  la importancia de que los magistrados “no corran la mirada frente a la especial coyuntura de violencia de género en tanto se erige en un obstáculo que dificulta el ingreso al mercado de trabajo de quienes son víctimas”.

El cuadro de la familia de A.D. es de extrema vulnerabilidad. La madre de A.D. tiene una enfermedad que afecta su andar y le imposibilita el desarrollo de tareas laborales; además, atraviesa un cuadro depresivo grave por el cual está bajo tratamiento psicológico y psiquiátrico. A.D. trabaja los fines de semana en el rubro gastronómico y gana 300 pesos por día. Madre e hija  contaron que se inscribieron en el portal de empleo de la Oficina de Intermediación Laboral y en el programa de Formación e Inclusión en el Trabajo del GCBA. Pero sus dificultades para acceder a internet les imposibilitan la búsqueda laboral. No reciben ningún tipo de ayuda del padre de los niños y retiran vestimenta y alimentos de la parroquia Santa María de Betania del barrio de Balvanera.

En los fundamentos de su fallo, la jueza también puso énfasis en los compromisos asumidos por el Estado argentino. “Basta recordar que la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (conocida como) ‘Belém do Pará’ coloca como sujeto de especial protección a la mujer víctima de violencia de género”. Al mismo tiempo recordó que fue aprobada por la Ley 24.632, “circunstancia que da razón de la voluntad del Estado de afianzar la protección de los derechos humanos de las mujeres víctimas y de contribuir a su plena inclusión en la sociedad”.

Fuente. Página 12 - Por Mariana Carbajal

martes, 5 de septiembre de 2017

CORTE SUPREMA ¿ CONTRA LAS MUJERES?


Detrás de cada una de las 204 mujeres asesinadas en Colombia este año según Medicina Legal y de las 731 en el 2016 ‒la mitad de ellas a manos de sus excompañeros o esposos‒ no solo hay igual número de asesinos cometiendo el delito; detrás de la tasa nacional de violencia contra las mujeres ‒que es de 213 por cada 100.000 habitantes‒ no solo hay un gran número de abusadores: hay una sociedad, un Estado y unas organizaciones que supuestamente aplican justicia, pero que están apoyando a esos asesinos y agresores, por acción u omisión.

La denuncia está hecha y yo la retomo. Esta vez la acusada es la Corte Suprema de Justicia, que, con la sentencia 48047 de su Sala Penal,

Pone en jaque los derechos de las mujeres, que representan el 83 por ciento de las víctimas de violencia intrafamiliar en el país. A partir de este fallo, las agresiones del exesposo, excompañero o padre de hijos en común dejarán de ser delito en el marco de la violencia intrafamiliar, para convertirse en “lesiones personales” si el victimario y la víctima no conviven cotidiana y permanentemente bajo el mismo techo formando parte de una “unidad familiar”. Como quien dice: mujeres, sigan en la casa aguantando palo si quieren que a ustedes se les reconozcan una serie de derechos al momento de hacer justicia.


¿Eso qué implica? Que la mujer y la sociedad quedarán expuestas, entre otras cosas, a que se subvalore y subregistre la violencia intrafamiliar (VIF), epidemia de salud pública en Colombia; que precluyan muchos procesos de investigación por VIF y se suspendan órdenes de captura en curso (la sanción penal es menor por lesiones personales que por VIF); que no procedan medidas de aseguramiento por este delito y se exija denuncia (hoy se adelanta de manera oficiosa), y en cambio se le dé tratamiento de querellable, desistible y conciliable; que las mujeres no tendrán acceso al tratamiento integral en salud como víctimas de VIF y, en conclusión, que se pone en riesgo de feminicidio a miles de mujeres al negarles el acceso a mecanismos idóneos para acceder a protección y justicia.

Se retrocede 25 años en logros para combatir la violencia intrafamiliar, la violencia contra la mujer y el feminicidio. El fallo, además, pone en discusión el concepto de familia

Lo anterior lo explica claramente el comunicado de prensa elaborado por el Colectivo de Mujeres y organizaciones que esta semana citaron en Medellín al foro ‘Riesgos de la sentencia 48047: ¿violencia intrafamiliar o lesiones personales?’, organizado y apoyado por la Alcaldía de Medellín, la Gobernación, la Mesa Departamental de Erradicación de Violencias contra las Mujeres, el Consejo de Seguridad Pública para las Mujeres, la Corporación para la Vida Mujeres que Crean y otro grupo de organizaciones, entre ellas ONU Mujeres y Acnur.

Estas entidades emiten un SOS al país y al mundo: la sentencia redefine los criterios jurisprudenciales para la intervención del delito de violencia intrafamiliar, desconociendo otras sentencias de la misma Corte, de la Corte Constitucional, el mandato de nuestra Constitución y acuerdos internacionales firmados por Colombia.



Es decir, se retrocede 25 años en logros para combatir la violencia intrafamiliar, la violencia contra la mujer y el feminicidio. El fallo, además, pone en discusión el concepto de familia con la amplitud que es visto hoy porque confunden los conceptos de unidad doméstica y núcleo familiar, exigiendo para el primero de ellos la convivencia integrada al núcleo familiar.

En síntesis, los magistrados de la Corte están poniendo en jaque los derechos de las mujeres, lo que implica que todo el país se ponga en alerta porque esta epidemia de la violencia intrafamiliar y el feminicidio es lo peor que nos está pasando a todos los colombianos y la mayor fuente de dolor, tragedias, orfandad, violencia y miseria en nuestras almas y en nuestros cuerpos.

Le recuerdo a la Corte lo dicho por el representante de los Países Bajos en el Foro Urbano Mundial realizado en Medellín hace un par de años. Él dijo a todos los delegados: “Nada de lo que hagan y propongan es solución a los problemas de las ciudades y el campo mientras no se legisle a favor de la mujer y sus derechos”.

Quienes escribimos sobre esto estamos seguros de que no hay un asunto más trascendental si queremos justicia, equidad, paz y progreso. ¿Quién duda de esto? ¿Nuestras altas cortes?

Fuente:El Tiempo - Por Sonia Gomez Gomez