jueves, 15 de diciembre de 2011

PERCEVAL PIDE LA DEROGACIÓN DEL AVENIMIENTO E INCORPORAR EL FEMICCIDIO EN EL CÓDIGO PENAL


La subsecretaria de Promoción de Derechos Humanos, María Cristina Perceval, pidió este miércoles la derogación de la figura del “avenimiento” y la incorporación del delito de feminicidio en el código Penal. Fue al referirse al caso del violador que mató a su mujer luego de haber sido liberado. La funcionaria consideró que a estos cambios "debe sumarse una aplicación de la justicia con perspectiva de género, la consolidación de políticas integrales de asistencia a las víctimas en todas las jurisdicciones y la profundización de una sociedad más igualitaria".

Perceval se manifestó ante el feminicidio de Carla Figueroa, asesinada por su violador convertido en esposo luego de la aplicación del “avenimiento”.

Para la funcionaria, esta figura penal "muestra de manera aberrante la relación desigual de poder que subsiste entre varones y mujeres, no solo en nuestro ordenamiento jurídico sino en la naturalización por parte de la sociedad".

El “avenimiento” contemplado en el artículo 132 del código Penal como posibilidad de acuerdo conciliatorio entre la víctima y su agresor "que extingue la acción penal, es una rémora sexista, discriminatoria y contraria a la dignidad humana que debe ser derogada por nuestro Congreso Nacional", enfatizó.

Consideró que "aquella concepción que consideraba “honorable” el hecho de que el agresor pretendiera en matrimonio a la mujer violada, no sólo está presente en nuestras normas sino también en las sentencias de jueces y juezas y en las prácticas sociales, a las cuales no les resulta extraño".

Perceval ocupaba una banca en el Congreso nacional cuando se sancionó la Ley 26485 de prevención, sanción y erradicación de las violencias contra las mujeres.

En ese sentido, recordó que durante la elaboración de esa norma "específicamente evitamos todo proceso conciliatorio o mediador porque nada puede componerse y, menos aun quedar impune, si existe una clara asimetría entre víctima y victimario".

"Esta misma desigualdad debe ser también combatida con el poder simbólico que posee el derecho penal, a través de la tipificación del delito de feminicidio, es decir, de crímenes por odio de género",
opinó.

Asimismo resaltó "el rumbo político que orienta nuestro proyecto de país desde 2003 y que obliga a mirar bajo el prisma de los derechos humanos al accionar de todos los poderes del Estado; mucho se avanzó en la legislación, en la formulación de políticas públicas y en las prácticas institucionales"

En ese sentido es que reclamó "la derogación del “avenimiento” y la incorporación del delito de feminicidio" como "materias urgentes en la lucha contra la discriminación a las mujeres".

Fuente: Télam

miércoles, 14 de diciembre de 2011

AVENIMIENTO CUESTIONADO


La legisladora salteña Sonia Escudero confirmó que durante el primer semestre de 2012 la Comisión de Justicia y Asuntos Penales de la cámara alta volverá a discutir el tema de femicidio y también considerará la derogación de la figura de avenimiento prevista en el Código Penal, que permite a la justicia perdonar a un violador si la víctima así lo pide y su consentimiento es dado de forma libre.

Hace años que legisladoras con perspectiva de género reclaman la eliminación de este beneficio porque si hay un violador implicado hay una situación de violencia que impide una situación de igualdad y libertad. También este tema terminó en la agenda parlamentaria a partir de una tragedia, el femicidio de Carla Figueroa en General Pico.

En cuanto a la discusión sobre femicidio, Escudero informó que convocarán a organizaciones de la sociedad civil, ya que en la primera reunión asistieron principalmente referentes estatales.
La legisladora se refirió a la abogada e integrante de la Comisión sobre Temáticas de Género de la Defensoría General de la Nación, Raquel Asensio, y la secretaria en la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción Nro. 38 de la Capital Federal, Ángeles Gómez Maiorano.

'Las funcionarias tienen una postura más conservadora y consideran innecesario incluir el femicidio en código penal'
, explicó la senadora salteña. Quienes comparten esta postura entienden que una de las formas de hacer visible los femicidios es contabilizándolos, es decir creando un registro oficial de las muertes violentas de mujeres a manos de una pareja, ex pareja o una persona cercana. En Argentina no hay cifras oficiales y el relevamiento que realiza La Casa del Encuentro sondea únicamente los casos publicados en medios de comunicación.
'Personalmente creo que el Código Penal argentino sí necesita ser modificado. En los casos de homicidio plantea un atenuante, que es la emoción violenta, y lo toman en cuenta la mayoría de los jueces en los casos de femicidio para reducir la pena. Nuestra legislación no tiene en cuenta la perspectiva de subordinación de la mujer, la cuestión cultural que subyace en los asesinatos de mujeres. Creo que hay que establecer límites a la emoción violenta como causal de disminución de la pena', dijo Escudero, quién coincide con la propuesta de extender el agravante relacionado al vínculo que mantenían el femicida y la víctima.

Los primeros países en incluir el femicidio en sus legislaciones penales fueron Suecia y España. Luego lo hicieron países latinoamericanos: Costa Rica, Guatemala, Colombia y Chile. También el Distrito Federal de México considera la muerte por violencia de género un delito grave. Hay proyectos similares en Honduras, El Salvador, Bolivia y Perú**. Indudablemente el femicidio es un problema grave en la región y Argentina cuenta desde 2009 con la Ley 26.485 de protección integral de las mujeres como una medida efectiva en contra de la violencia machista. Sin embargo es necesario un mayor compromiso del gobierno nacional y las administraciones provinciales y locales de aplicarla. Las legislaturas provinciales tienen pendiente establecer los procedimientos de denuncia de las diferentes violencias y las obligaciones y recursos que deben tener los ministerios provinciales para intervenir en la asistencia y prevención de las violencias.


FUENTE: ARTEMISA NOTICIAS - POR Alejandra Waigandt
** PERÚ YA LO APROBÓ en el día de ayer.

SAN JULÍAN: 7 AÑOS DE CÁRCEL PARA UN VIOLADOR

Fue duramente un juicio abreviado que terminó el miércoles. La Fiscalía había pedido 8 años de prisión. El sujeto quedará alojado en la Alcaidía de Pico Truncado.

El pasado miércoles los integrantes del Tribunal Oral se reunieron en la sala de audiencia de la Cámara Oral de la Primera Circunscripción para dar por finalizado un juicio de instancia privada que dio inicio la semana pasada. En la jornada la Justicia falló y condenó a un sujeto de 24 años por violar en reiteradas ocasiones a una menor de 12 años. El hecho ocurrió en la localidad de Puerto San Julián. Los integrantes del Tribunal decidieron fallar y condenar al sujeto, de quien no se dio el nombre para resguardar la identidad de la víctima, a 7 años de prisión en cumplimiento efectivo por el delito de “violación en reiteradas ocasiones con acceso carnal”. El sujeto deberá cumplir su condena en la Alcaidía de Pico Truncado.
El juicio había comenzado el pasado 5 de noviembre, en esa oportunidad el sujeto (de quien se preserva la identidad para que no se la relacione con la de la víctima) confesó haber cometido el hecho y además dijo que estaba arrepentido por lo sucedido. Luego pidió que los jueces y el fiscal le realizaran preguntas.
Como el acusado confesó, se llevó a cabo un juicio abreviado. Luego de sus declaraciones los jueces dieron lugar a los alegatos. El primero en alegar fue el Fiscal de juicio, quien solicitó la pena de 8 años de prisión y en cuanto a lo requerido la Defensa compartió lo pedido por el Fiscal. Finalizado el debate, los jueces decidieron pasar a un cuarto intermedio, tras el cual dictaron la sentencia de 7 años de prisión efectiva.

FUENTE: EL PERIÓDICO AUSTRAL

PERÚ: 15 A 25 AÑOS DE PRISIÓN PARA QUIENES COMETAN FEMICIDIO


Lima, 14 dic. 11.- Después de una dura batalla, el Perú cuenta ya con la tipificación del feminicidio dentro de su ordenamiento legal. El pasado 1 de diciembre el congreso aprobó la modificación de un artículo del Código Penal, gracias al cual este crimen será castigado con penas de 15 a 25 años de prisión.

El texto, aprobado por 90 votos a favor, dos en contra y 14 abstenciones, señala textualmente: "El que a sabiendas, mata a su ascendiente, descendiente, natural o adoptivo, o a quien es o ha sido su cónyuge o conviviente, o con quien esté sosteniendo o haya sostenido una relación de afectividad aún sin convivencia, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 15 años".

También establece que "cuando se presenten circunstancias agravantes", la pena no será menor de 25 años. Además, precisa que "si la víctima del delito descrito es o ha sido cónyuge o la conviviente del autor, o estuvo ligada a él por una relación análoga, el delito tendrá el nombre de feminicidio". Ambos párrafos aprobados fueron una propuesta del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES).

Hasta antes de esta modificación, el asesinato de mujeres estaba tipificado como parricidio, con apenas seis años de prisión que en la práctica se convertían en dos años, pues el victimario podía hacer uso de beneficios penitenciarios y reducir así su tiempo de cárcel efectiva.

Inmediatamente después de aprobarse la modificación, diversas organizaciones de mujeres y la hasta entonces ministra del sector, Aída García-Naranjo, mostraron su complacencia. "Nuestra estrategia es cerrar las brechas del feminicidio y que los indicadores que podamos mostrar este año sean menores a los del 2009 y 2010", declaró a la prensa.

García Naranjo dijo que el siguiente paso de su portafolio será cambiar algunos protocolos impuestos a las víctimas de violencia sexual, como la presentación de pruebas físicas sobre este acto contra las mujeres.

"Creo importante que se tipifique el feminicidio en el Código Penal y se incrementen las penas como una medida de prevención y protección", indicó Gaby Cevasco, directora del Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán, quien recordó que muchas mujeres asesinadas habían denunciado con anterioridad situaciones de violencia, pero ni los agresores estaban en la cárcel ni las mujeres recibieron protección oportuna. "Ante esta falta de justicia, muchas mujeres desisten de continuar los procesos y eso se ha convertido en un riesgo mortal", precisó.

Por ello sostiene que la tipificación del feminicidio "es una manera de colocar a la mujer como sujeto de protección, reconocerla como un sujeto de derechos y, además, sancionar un crimen que se da por su condición de mujer, como efecto de las relaciones desiguales de poder, en un sistema que aún continúa valorizando lo masculino como superior".

Sin embargo, lograr la modificación del artículo del Código Penal no ha sido fácil. Desde hace muchos años, las organizaciones feministas y de mujeres vienen realizando campañas de sensibilización pública, pero sus resultados fueron infructuosos. El último intento de aprobar una ley en el parlamento, en septiembre pasado, cerró la posibilidad de usar esa vía para aprobar la ley.

Por ello, la Ministra de la Mujer, haciendo uso de su prerrogativa legislativa, envió al Consejo de Ministros un anteproyecto de ley, el cual fue aprobado el 25 de noviembre y remitido al Congreso para su discusión con carácter prioritario.

Once feminicidios al mes

Según el Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público, al mes son asesinadas 11 mujeres en el Perú. Entre enero y septiembre de este año el Ministerio de la Mujer registró 54 intentos de feminicidio y el Observatorio, seis.

La disparidad de cifras habla a las claras sobre la necesidad de un registro centralizado para conocer la real magnitud de este problema que ubica al país entre los que ostentan las cifras más altas de feminicidio en Sudamérica.

Pero además del número creciente de mujeres asesinadas también aumenta la violencia que se ejerce contra ellas. En los últimos meses, este fenómeno "ha adquirido características extremas, como quemar el rostro de la mujer con aceite o agua hirviendo, cortes múltiples con armas punzo cortantes, etc.; hechos realizados con premeditación y los responsables no han recibido la sanción correspondiente", reflexiona Cevasco.

Sin embargo, hay que resaltar que el Perú cuenta con 140 centros de emergencia mujer (CEM). Para 2012 se tiene pensado crear 40 más en diferentes partes del país, de tal modo que se cubran casi las 195 provincias del territorio nacional, informó la ahora ex ministra del sector.

Además, el MIMDES cuenta con la Línea 100, para que las mujeres que sufren cualquier tipo de vejaciones puedan acceder de manera gratuita a asesoría legal, psicológica, social, entre otros servicios.

Entre 2009 y 2011, según el MIMDES, se perpetraron 405 crímenes contra mujeres, de los cuales 245 fueron a manos de parejas o exparejas (34,8 % del total).

Para Cevasco, un segundo aspecto muy importante además del legal es trabajar sobre los imaginarios sociales para modificar la representación y percepción que existe de las mujeres, y que lleva a tolerar la violencia.

Menciona un diagnóstico realizado en 2010 por Flora, según el cual el 73,3 por ciento de los encuestados considera que puede tolerarse la violencia si las mujeres descuidan a las/os hijas/os; un 66,7 por ciento si él sospecha que le es infiel; un 40 por ciento que sí habría razón para golpear a su pareja si ella le desobedece.

"Estas ’razones’ expresan una percepción desvalorizada de las mujeres, como propiedad de la pareja que puede irrogarse el derecho de golpearla si no cumple sus órdenes o no actúa de acuerdo a su voluntad", explica.

"La mayoría de casos de feminicidio se ha dado luego que la víctima ha puesto fin a la relación de pareja. Es decir, la violencia, el castigo, va contra la autonomía de las mujeres, contra su libertad, contra su derecho de decidir. Y esto solo es posible cambiar, además de la sanción como medida de prevención, a través de campañas orientadas a cambiar la imagen de las mujeres que predomina aún en el imaginario social", concluyó.

FUENTE: AMECOPRESS - FOTO: AMECOPRESS

martes, 13 de diciembre de 2011

USHUAIA: INAUGURARON LA COMISARÍA DE MINORIDAD Y FAMILIA


Este martes quedó formalmente inaugurada la Comisaría de Minoridad y Familia, ubicada en las 60 Viviendas tira 5 de la ciudad de Ushuaia, cuya creación surge de los distintos hechos vinculados a la violencia familiar, de género y de menores de edad involucrados en situación de riesgo o conflictos con la Ley; y que llevan a plantear la necesidad de generar el espacio especifico policial para la atención de estas víctimas, que al tratar de con víctimas de violencia familiar o de géneros, “se debe prestar especial atención”, brindaron para ello; escuchas, orientación, contención y asesoramiento.

Este renovado servicio policial estará destinado directamente a mujeres, familias víctimas de la violencia de género, niños y adolescentes en situaciones de riegos, paraderos de menores delictivos, como así también de menores infractores de contravenciones o legislaciones preventual.

También se crea el Consultorio Médico policial para las víctimas que no han llegado por sus medios al Hospital Regional Ushuaia.

FUENTE: USHUAIA 24

LA PAMPA: Escrache de Mujeres a Jueces TIP

ASIMETRÍA ENTRE EL VICTIMARIO Y LA VÍCTIMA


El femicidio de Carla Figueroa, en General Pico, abrió la polémica alrededor de la figura del avenimiento prevista en el Código Penal, por la cual un tribunal puede acceder a perdonar a un violador si la víctima así lo pide, siempre que haya una relación afectiva previa entre ambos y que ella no actúe bajo presión y su consentimiento sea dado de forma libre y plena. Pero diversos especialistas en Derecho, con perspectiva de género, plantean que la esencia misma del fenómeno del abuso sexual es la asimetría entre el victimario y su víctima, lo cual impide cualquier ficción de libertad o de igualdad entre ambos, y reclaman su derogación..
En el caso, quedó en evidencia la ausencia de un acompañamiento psicológico ofrecido desde el Estado a la adolescente, como víctima de violencia machista, para reforzar su autonomía. “Sancionar y derogar leyes es sencillo. Lo que es difícil es pensar y sostener políticas públicas en todos los niveles que le permitan a una mujer víctima de violencia fortalecer su autoestima y reforzar su autonomía, para que no vuelva a una relación violenta”, advirtió la abogada Natalia Gherardi, directora ejecutiva del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA).

En diálogo con Página/12, la abogada Perla Prigoshin, titular de la Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de la Violencia de Género, dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación, se manifestó partidaria de la derogación del avenimiento. “Esta figura es una rémora de cuando los delitos contra la sexualidad de las mujeres eran considerados como delitos contra la honestidad. Se privilegiaba el honor de la familia de la víctima antes que su integridad sexual. Francamente, seguir sosteniendo esta excusa absolutoria frente a un delito contra las mujeres va en contra de la política de derechos humanos del movimiento nacional y popular”, opinó Prigoshin. En un sentido similar se pronunció Susana Medina, presidenta de la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina (AMJA) e integrante del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos. “El Derecho viene siempre después de los hechos. El avenimiento no sirve. No soluciona nada, por la propia personalidad del victimario y las condiciones de la víctima”, consideró Medina, al ser consultada por este diario. Medina se desempeñó 15 años en el Fuero Penal, como defensora, fiscal y jueza de instrucción. “Se necesita una tarea de educación ciudadana y concientización sobre la violencia de género. Y al mismo tiempo necesitamos un cambio de mentalidad de los operadores de la Justicia en relación con esta problemática. Son minoría todavía los jueces que han incorporado la perspectiva de género, como impulsa la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de la Nación. Hay muchas resistencias. El Judicial es el más conservador de los poderes”, advirtió Medina.

Gherardi, directora ejecutiva de ELA, acordó con la necesidad de derogar el avenimiento, pero fue más allá y puso en el centro del debate las opciones que el Estado les está brindando a las víctimas de violencia sexual. “En estos delitos, el Estado da a las víctimas la opción de instar o no la acción penal: es una elección personal, que dependerá de circunstancias personales o decisiones privadas. Luego, avanzado el proceso, a través de la figura del avenimiento, el Estado da nuevamente la opción de no seguir adelante en determinadas circunstancias. Estas están bien explicadas en el Código Penal: no es automático, tiene que pedirlo la víctima, que tiene que ser mayor de edad, tiene que haber una relación preexistente, y el consentimiento debe ser libre. Mi preocupación y el punto que me parece que vale la pena señalar es si es correcto que el Estado se quede conforme con estas dos alternativas. ¿Qué le ofrecieron a Carla Figueroa? Denunciar y luego retirar la denuncia casándose con el señor que la había violado a punta de cuchillo y con el que había tenido un hijo siendo adolescente. En mi opinión, el problema es que durante el proceso, esta joven seguramente no tuvo muchas alternativas para armarse de un modo que le permitiera resolver con autonomía cómo quería seguir. Hay mujeres violadas por sus parejas que les llevan la comida a la cárcel hasta que salen. Y nada cambia. Depende de las herramientas que el Estado le dé a la víctima, para que esa historia sea otra”, observó Gherardi.

En el fallo del Tribunal de Impugnación de La Pampa, que otorgó el 2 de diciembre el avenimiento a Marcelo Tomaselli, se cita un informe del fiscal Alejandro Gilardenghi –que investigó la violación denunciada y ahora tiene en sus manos la pesquisa por el femicidio de Carla–, donde se destaca que la joven no recibió ningún tratamiento psicológico y se encontraba “prácticamente desamparada a nivel emocional sin ningún tipo de protección o resguardo por parte de su círculo familiar y social”.

La diputada Marcela Rodríguez presentó en 2008 y en 2010 un proyecto para eliminar la figura del avenimiento del Código Penal. Pero nunca fue tratado. En los fundamentos de la iniciativa, Rodríguez señala que ninguno de los otros bienes penalmente protegidos, ninguno de los delitos contra la propiedad o la vida admiten tal propuesta de acuerdo de impunidad cuando se cometen con violencia. “La violencia contra bienes públicos no puede ser eximida de responsabilidad criminal. Sin embargo, la violencia contra la integridad sexual de las mujeres en el marco de relaciones afectivas preexistentes sí puede eximirse de responsabilidad criminal, puede avenirse confinando el asunto al ámbito privado, en fin, a una protección de segundo orden, que en los hechos no es otra cosa que desprotección, impunidad y la apertura de una nueva puerta para que el agresor siga amenazando a la víctima, esta vez mediante la coerción para llegar a un avenimiento.”, dice el proyecto.

La vida de Carla Figueroa estuvo signada por la violencia machista desde la cuna. Cuando tenía 8 meses de vida, su papá asesinó a su mamá, y ella desde entonces fue criada por su abuela materna. A los 15 años quedó embarazada de Tomaselli. Mantuvieron una relación afectiva pero en marzo la pareja se separó. Un par de meses después, él la fue a buscar a la salida de su trabajo con la excusa de conversar, la llevó a un descampado y la violó amenazándola con un cuchillo. Cuando el caso ya iba a ser elevado a juicio oral y las pruebas en su contra eran contundentes de acuerdo con la investigación que llevó adelante la fiscal Ivana Hernández, la defensa de Tomaselli propuso el avenimiento y Carla aceptó, a pesar de que había manifestado mucho temor de que su ex pareja recuperara la libertad. Del expediente judicial surge que pudo ser manipulada. El planteo fue rechazado por unanimidad en primera instancia el 4 de octubre por la Audiencia de Juicio de General Pico: tres jueces consideraron que la adolescente de 18 años no estaba en condiciones de dar un consentimiento en forma libre y plena por la violencia sufrida. La pareja apeló el 18 de octubre y el 28 de ese mes se casó. Finalmente, el Tribunal de Impugnación de La Pampa concedió el beneficio a Tomaselli en fallo dividido. Y a los ocho días de recuperar su libertad, el joven asesinó a su flamante esposa.

FUENTE. PÁGINA 12 - POR MARIANA CARBAJAL

lunes, 12 de diciembre de 2011

PROGRAMA "LAS VÍCTIMAS CONTRA LAS VIOLENCIAS" : comunicación GRATUITA AL 137


rigada Móvil de Atención a Víctimas de Violencia Familiar

Si sos víctima de violación, maltrato, golpes y/o abandono de familiares
Llamanos al 137
La atención está garantizada durante las 24 horas los 365 días del año.
Actúa sólo en C.A.B.A.

Si vos no podés pararlo, nosotros si.


¿Quién puede llamar?


Cualquier víctima de violencia familiar, vecinos que escuchen o presencien violencias en otro domicilio, instituciones, familiares de víctimas y cualquier otra persona que necesite orientación en violencia familiar.


¿Quién atiende el teléfono?

Un/a psicólogo/a del Programa "Las Víctimas contra las Violencias".



¿Qué ofrece?

La Brigada concurre hasta la escena misma de la violencia.


¿Qué es la Brigada Móvil de Atención a Víctimas de Violencia Familiar?


Un equipo compuesto por un psicólog@, un trabajador/a social y dos oficiales de la Policía Federal Argentina, que se desplaza en un móvil no identificable y arriba al lugar del hecho.


¿El llamado es una denuncia?


No. El profesional que atiende la línea 137 orienta a la víctima y en el caso de que sea necesario desplaza a la Brigada.


DA INTERVENCIÓN EN CALLE Y DOMICILIO. Se ocupa EXCLUSIVAMENTE DE URGENCIAS Y EMERGENCIAS, EN EL MISMO MOMENTO EN QUE ESTAS ACCIONES VIOLENTAS SE PRODUCEN.


NO DUDE EN LLAMAR. Recibirá respuesta inmediata y acompañamiento profesional.

Las BRIGADAS garantizan la atención las 24 horas del día, los 365 días del año, mediante sistema de guardias activas.


En situaciones de urgencia, ya sea la víctima o algún familiar o vecino puede llamar al número telefónico 137, con sede en el Centro de Llamadas del Programa.

Una vez verificado el llamado, un móvil no identificable con un psicólogo/a y un trabajador/a social acompañados por dos oficiales de la Policía Federal Argentina se desplazará hasta la escena, para dar respuesta inmediata, conteniendo a la víctima y desarmando al agresor que será conducido a la comisaría correspondiente.

Nuestra función es acompañar a la víctima, aportándole el apoyo jurídico, social y psicológico necesarios y en caso de ser necesario trasladarla a un hospital público.

Al mismo tiempo se informará al juez con competencia acerca del episodio.

El Equipo de Seguimiento creado para realizar el acompañamiento durante las siguientes 72 horas podrá alojarla en un ámbito protegido brindándole además, asistencia jurídica, si fuera necesario.

Una oficina de orientación y asistencia le ofrecerá a la víctima las direcciones de instituciones que puedan orientarla psicoterapéuticamente.

La experiencia en lo que se refiere a atención y asistencia a las víctimas de violencia familiar pone de manifiesto que las organizaciones que habitualmente reciben pedidos de ayuda por parte de dichas víctimas solamente ofrecen asistencia de lunes a viernes entre las 7 de la mañana y las 20 hs. (Resultado del relevamiento de datos en todo el país).

Con tal motivo se creó una Brigada Móvil de Atención a Víctimas de Violencia Familiar.

Nuestro Equipo responde ante el llamado que puede ser realizado por la propia víctima, por un familiar o por un vecino que oiga o presencie situaciones de violencia. Este equipo responde ante situaciones de crisis de violencia familiar, durante las 24 horas del día y los 365 días del año, en la escena misma donde ésta se desarrolla. Comenzó a actuar el 17 de octubre del año 2006.

La Brigada Móvil se encuentra formada por 90 profesionales (psicólogas y psicólogos y trabajadoras y trabajadores sociales) y 2 abogadas que acompañan y asesoran a la víctima, en caso de ser necesario, a realizar la denuncia en la Sede Civil.

El equipo está dividido en tres grupos: el de atención telefónica, el de intervención domiciliaria y el de evolución de los casos y seguimiento.

En cuanto a la atención telefónica, hasta el 28 de febrero de 2007, los llamados sólo ingresaban por dos canales: la comisaría jurisdiccional o el comando radioeléctrico (911). A partir del mes de marzo DE 2007, comenzó a funcionar nuestra línea directa: el 137.

Ante el llamado ingresado por cualquiera de las tres vías, se procede al desplazamiento de un móvil policial correspondiente a la jurisdicción en la cual está aconteciendo el hecho y al de un móvil policial no identificable que traslada al equipo de la Brigada Móvil de Atención a Victimas de Violencia Familiar.

El patrullero se encuentra tripulado por personal policial, quienes son los primeros en llegar al lugar y realizar un diagnóstico de la situación. Esto significa que tocan el timbre en el domicilio consignado, se presentan y evalúan la situación. La policía no ingresa a un domicilio sin una orden de allanamiento, salvo en situaciones extremas donde se escuchen amenazas o gritos que pudiesen hacer suponer un riesgo de vida para quienes están dentro del domicilio. Si no ocurre una situación como la mencionada anteriormente y se trata de un pedido de ayuda, se le indica a las/os profesionales del Equipo Móvil que pueden descender del vehículo y hacerse cargo de la situación.

El equipo entiende que hacerse cargo puede abarcar diversas alternativas: ofrecer contención a las víctimas, dar intervención al Servicio de Emergencias Médicas (SAME), acompañar al hospital si no se tratase de un caso que requiriese de la ambulancia, articular con Fiscalías, Defensorías, Juzgados y la Asesoría General Tutelar del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires según corresponda en cada caso.

La presencia de los 2 oficiales de Policía Federal Argentina que complementan la formación del Equipo Móvil tiene por objeto brindar apoyo y seguridad a las y los profesionales y a la víctima, como establecer cualquier tipo de comunicación que fuese necesaria, tanto con algún superior como con Fiscalías o Juzgados intervinientes.

Tanto las psicólogas y psicólogos cuanto las trabajadoras y trabajadores sociales intervienen en la atención y el acompañamiento técnico necesario según sean las características de la víctima y su situación.

Dado que la Brigada actúa en el escenario mismo donde se desarrolla la acción violenta, es posible que el victimario se encuentre presente.

Una vez acontecida la situación de emergencia, el caso queda a cargo del Equipo de Seguimiento, que constituye el segundo momento de las intervenciones.

Se cuenta con dos sedes:

Zona Sur de la Ciudad Autónoma de Bs. As.: Av. Vélez Sársfield 170.
Zona Norte de la Ciudad Autónoma de Bs. As.: Av. Las Heras 1855 1º.

DILMA ROUSSEFF SE COMPROMETE CON LA IGUALDAD DE GÉNERO Y CONTRA EL MALTRATO A LA MUJER



La Presidenta de Brasil aseguró que la violencia doméstica contra la mujer "es un momento dramático, que muestra a los niños algo que no tendrían que ver, como es esa agresión cobarde, que no tiene justificación y que tiene que ser criminalizada".
La presidenta brasileña, Dilma Rousseff, inauguró este lunes la tercera Conferencia Nacional de Políticas para las Mujeres y reafirmó su compromiso con la construcción de una sociedad "igualitaria", en la que las mujeres "sean ciudadanas de primera clase" y "no víctimas de la violencia".

En su condición de primera mujer elegida para gobernar el país, Rousseff se comprometió con un millar de activistas reunidas en la conferencia a "honrar desde ese cargo a cada brasileña" y trabajar, en especial, por erradicar todo tipo de violencia de género.


Rousseff apuntó que "no se puede de ninguna manera aceptar que las mujeres, en este siglo XXI, que será el del empoderamiento de las mujeres, sigan siendo víctimas".

La jefa de Estado destacó que en la conferencia el miércoles próximo participará la expresidenta chilena y directora ejecutiva de ONU Mujeres, Michelle Bachelet, de quien dijo "hace un trabajo de afirmación con dimensión internacional por el reconocimiento de la prioridad que tiene la igualdad de género en el mundo".

En su discurso, la mandataria también citó medidas adoptadas por su Gobierno en cuestiones de atención a la mujer, como planes para la prevención del cáncer de mama y de útero o la instalación de una amplia red de guarderías públicas a nivel nacional.

Asimismo, negó rumores en el sentido de que en una reforma de su gabinete prevista para el año próximo se haya planteado la desaparición o fusión de la Secretaría Nacional de Políticas para Mujeres con otra cartera y destacó el creciente rol de las mujeres en su Gobierno, que cuenta con nueve ministras.

Rousseff también instó a las mujeres a participar activamente en la lucha política, a fin de alcanzar las cuotas de participación que les corresponden como representantes de "más de la mitad de la población brasileña".

Con una mayor presencia en la vida política, Rousseff vaticinó que las brasileñas "harán una verdadera revolución pacífica para la construcción de una sociedad de iguales, en la que cada una pueda soñar y realizar sus sueños, incluso el de ser un día presidenta de la República", declaró.

FUENTE: EL NACIONAL.COM

COMUNICADO DE LA CONSAVIG acerca del femicidio de GRAL PICO


COMUNICADO DE LA CONSAVIG

Desde la CONSAVIG (Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de de Sanciones de la Violencia de género) manifestamos nuestra consternación por el femicidio de Carla Figueroa, hecho que pudo haberse evitado de no ser por la aplicación arbitraria de la aún vigente figura patriarcal y arcaica del avenimiento, consagrada en el art. 132 del Código Penal.

Considerando la importancia que para el gobierno nacional revisten los derechos humanos convocamos a nuestras legisladoras y legisladores a que deroguen de manera inmediata el instituto mencionado, el que se contradice con la Ley de Protección Integral 26.485, la Convención de Belén do Pará y el Protocolo Facultativo de la CEDAW.

Asimismo llamamos a la reflexión a quienes, siendo integrantes del Poder Judicial, “olvidan” interpretar las normas desde la perspectiva de género, obviando las consecuencias que sus sentencias pueden acarrear en la vida de las mujeres.

Finalmente instamos a las autoridades competentes a recurrir a las herramientas constitucionales aplicables a quienes, con su accionar negligente, no previeron este desenlace.

Dra. Perla Prigoshin
Coordinadora