Todos nosotros, hombres y mujeres, soldados y agentes de mantenimiento de la paz, ciudadanos y dirigentes, tenemos la responsabilidad de contribuir a poner fin a la violencia contra las mujeres.
Ban Ki-moon, Secretario General de las Naciones Unidas
PRÁCTICAS PROMETEDORAS EN EL PLANO JURÍDICO
La legislación sobre la violencia contra la mujer debe ser amplia y multidisciplinaria, y debe disponer la investigación, el enjuiciamiento y el castigo de los responsables, la reparación de las víctimas y su acceso a la justicia, así como medidas para prevenir la violencia, empoderar y prestar apoyo a las víctimas/supervivientes, y asignar recursos.
PPRÁCTICAS PROMETEDORAS EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Las víctimas/supervivientes de la violencia contra la mujer necesitan un acceso oportuno a los servicios de atención de la salud y los servicios de apoyo que dan una respuesta en el corto plazo a las lesiones, las protegen contra nuevas infracciones y atienden las necesidades de largo plazo.
PRÁCTICAS PROMETEDORAS EN LA PREVENCIÓN
La prevención de la violencia contra la mujer exige que se cambien las actitudes y se cuestionen los estereotipos existentes en la sociedad y que se preste asistencia a las comunidades que procuran poner fin a la aceptación de la violencia contra la mujer.
FUENTE: BASE DE DATOS DEL SECRETARIO GENERAL SOBRE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
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