viernes, 23 de noviembre de 2018

EL 90% DE LAS VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS SON MUJERES Y NIÑAS




“La lucha contra la trata de seres humanos no resulta tarea fácil. Quien diga lo contrario acredita su desconocimiento ante la dimensión de un problema en el que confluyen un elevado número de factores que permiten la subsistencia de un fenómeno delictivo de características y proporciones escalofriantes”.

Bajo este argumento, Clara Martínez de Careaga, presidenta de la Comisión de Igualdad del Poder Judicial, inauguraba el acto.

Calificada como la nueva forma de esclavitud del siglo XXI, la trata se convierte en un hecho de sometimiento y degradación de la persona, especialmente hacia las más vulnerables, tratadas como simples objetos de pertenencia.

“Hoy la esclavitud no es de derecho, sino de hecho”, continuaba la presidenta.

Esta nueva forma de esclavitud supone la vulneración total de la libertad y dignidad de las personas, por lo que comporta una de las manifestaciones más graves de violación de los derechos humanos.

Ante esto, a lo largo de los años se han ido desarrollando distintos planes y medidas con el fin último de lograr la desaparición de este fenómeno.

En 2003, nuestro país ratificó el protocolo para prevenir, suprimir y castigar la trata de personas, especialmente de mujeres y niñas, siendo aprobado por la ONU en el año 2000.

En diciembre de 2008, el Gobierno español decretó el Plan contra la Trata de Seres Humanos con fines de explotación sexual, ofreciendo protección a las víctimas y creando un fondo destinado a su lucha.

Anteriormente, en el 2000, se ratificó el Convenio del Consejo de Europa – comúnmente conocido como Convenio de Varsovia- contra la Trata de Seres Humanos, aprobado en 2005 con el valor añadido de la perspectiva de derechos humanos y su enfoque centrado a la protección de la víctima.

Y por último, en 2011, la directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la prevención y lucha contra la trata, añade el enfoque de perspectiva de género, señalando como objetivos principales la prevención y protección de derechos de las víctimas, así como la garantía de combatir cualquier forma de trata de seres humanos a través de las medidas más eficaces.

Pese a haberse suscrito a la legislación internacional y contar con un Plan Integral Específico contra este delito, el problema se agrava de manera preocupante, convirtiéndose España en uno de los países –el tercero- de mayor número de origen, tránsito y destino de seres humanos, estando el 80% de este fenómeno motivado con fines de explotación sexual de mujeres y niñas.

“Esto formula un dato desolador, pues está claro que son los clientes los que sustentan el negocio que representa esta demanda”, denuncia Martínez de Careaga.

Ante estas razones, la trata de seres humanos se ha convertido en una prioridad de primer orden tanto para la Unión Europea como para el Gobierno de España, tomando conciencia de la gravedad del fenómeno y adoptando instrumentos normativos y medidas concretas en todos los ámbitos encaminados a la desaparición de esta lacra.

“Nos sumamos a las voces que reclaman la elaboración de una ley integral contra la trata de seres humanos que aborde el fenómeno desde una perspectiva multidisciplinar, definiendo las actuaciones a realizar por cada uno de los factores implicados en la lucha y estableciendo los mecanismos adecuados”, advierte la presidenta.

Por ello, el objetivo de la Guía consiste en servir de apoyo a jueces y juezas, magistradas y magistrados, que tengan que enfrentarse a la tramitación de alguna causa relacionada con este delito.

Carlos Lesmes, presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, continuó la jornada a modo de presentación del nuevo texto, “una guía rigurosa y completa que responde a la necesidad de criterios del poder judicial frente a la terrible realidad que representa la trata”.

Dotándola como forma de compromiso hacia los derechos humanos de las personas e implicación de la normativa de políticas públicas e instituciones, el presidente se refirió a la misma destacando su conciencia de género y de discriminación.

“Esta lacra dicta mayoritariamente a mujeres y niñas, no sólo en la explotación sexual, sino también en la laboral en sectores de empleo feminizados o matrimonios forzosos”.

Con esto, Lesmes quiso advertir de que más del 90% de las víctimas de este delito son mujeres y niñas, por lo que la guía se inspira en una perspectiva de género que parte de las necesidades específicas de mujeres en situación de vulnerabilidad para hacer posible la adopción de soluciones a fin último de protección y recuperación de sus derechos.

“Siempre hay mucho más por hacer. La guía no conseguirá por si sola erradicar la trata de seres humanos, pero contribuirá, sin duda alguna, a ese objetivo”, concluía.

Guía de actuación judicial en los procesos sobre trata de seres humanos

La guía presentada recoge las bases jurisprudenciales para la correcta interpretación de los tipos penales relacionados con la trata, los mecanismos para la identificación y detección de las víctimas, así como pautas de actuación para mejorar su protección.

Además, aúna la investigación económico-financiera y la cooperación internacional –básicas en el desmantelamiento de las redes de la trata-, junto a pautas sobre los aspectos administrativos del fenómeno, como son el asilo, la protección internacional o los permisos de residencia para las víctimas.

De este modo, el texto se divide en cuatro grandes bloques: descripción general del fenómeno de la trata de seres humanos; protección penal y administrativa; y uno último de cooperación internacional en la lucha.

En su elaboración, a propuesta de la Comisión de Igualdad, han participado personalidades expertas procedentes de la carrera judicial y fiscal, del cuerpo de letrados de la Administración de Justicia, así como psicólogas y psicólogos forenses, cuerpos de las fuerzas de seguridad del Estado y entidades especializadas en la defensa y asistencia a las víctimas de trata.

FUENTE  y fotografía : Archivo AmecoPress.

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