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viernes, 26 de junio de 2015

TRATA DE PERSONAS: " EN LA MAYORÍA DE LOS CASOS, LAS PERSONAS NO SE CONSIDERAN VÍCTIMAS

Cecilia Merchán y Melisa  Elberling son, respectivamente, coordinadora e integrante del Comité Ejecutivo de Lucha Contra la Trata y Explotación de Personas. En esta nota hacen un balance de la actuación de ese organismo desde su creación a fines del 2012 y de las fortalezas y debilidades de las políticas públicas sobre trata de personas en Argentina: hay asistencia, protocolos de atención y programas de reinserción laboral, sin embargo no son suficientes o falta articulación, además de las particularidades de un país federal. Y por detrás, la violencia simbólica de un sistema social, político y cultural que sigue considerando a las mujeres objeto de consumo.


Cecilia " Checha" Merchán y Mónica Patricia Bersanelli


Argentina es uno de los países de América Latina con mayores avances en materia de políticas públicas  para la prevención y sanción de trata de personas con fines de explotación sexual y laboral. La participación de diferentes organizaciones y actores sociales y políticos en la sanción de la Ley 26.364 para la Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas (2008) y su posterior modificación y ampliación a través de la Ley 26.842 (2012), evidencian la necesidad de ajustar el accionar legal a las necesidades y realidades de las víctimas.

En un complejo panorama donde las redes de trata modifican los mecanismos del delito, las mujeres explotadas sexualmente no se reconocen como víctimas y las instituciones del Estado se capacitan y organizan para asistir a las víctimas desde una perspectiva de derechos humanos y de género, Cecilia Merchán (coordinadora ) y Melisa Elberling (psicóloga e integrante) del Comité Ejecutivo de Lucha Contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas, analizan las políticas públicas existentes para la prevención del delito de trata, los logros alcanzados y el trabajo que queda por hacer. 

¿Qué es y cómo funciona el Comité Ejecutivo?

Melisa Elberling: El Comité Ejecutivo es una coordinación de cuatro ministerios: el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio de Desarrollo Social, el Ministerio de Seguridad y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, los cuales son coordinados, a su vez, por la Jefatura de Gabinete de Ministros. Se crea en septiembre de 2012 a partir de las modificatorias de la Ley 26.364 para la Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas. Funciona como espacio de articulación y coordinación entre esos cuatro ministerios, que tienen como tarea específica, la prevención, combate, y asistencia de las personas damnificadas por el delito de trata. Es un espacio que se reúne periódicamente con los equipos técnicos y las personas que representan a cada uno de los Ministerios; su función es intentar delinear políticas públicas en contra del delito de trata que apunten a la prevención, sensibilización y difusión de la problemática. El Comité tiene un equipo de coordinación que viaja por todo el país para realizar talleres de capacitación donde se construye conocimiento con la gente a partir de los materiales y metodologías que hemos elaborado. Es un trabajo territorial que hacemos de manera permanente, con el apoyo de las organizaciones sociales y políticas que están presentes en los territorios. También realizamos una campaña nacional que se llamó “Paremos la trata”, compuesta por diferentes piezas comunicativas que proponen otros lenguajes para hablar de un tema tan complejo como la trata de personas.

¿Cómo evalúan la aplicación de los protocolos de actuación?

M.E: Las áreas que atienden el tema de trata de personas dentro de cada ministerio tienen un protocolo interno de actuación que está en sintonía con los principios de los protocolos de los otros ministerios, lo cual da cuenta de una línea de trabajo fluida que tiene como eje la perspectiva de derechos humanos y de género. En este momento estamos trabajando en un protocolo conjunto que pueda reflejar el accionar del Comité como un cuerpo y dar cuenta de todo el proceso: desde que se realiza la denuncia hasta que la persona decide terminar con la asistencia. Por otra parte, existen resoluciones que facilitan el acceso de las personas víctimas de trata a algunos programas del Estado, particularmente programas dirigidos al empleo y la capacitación que contribuyen al proceso de salir al mercado laboral. El Ministerio de Trabajo, por ejemplo, a través de la Sub Secretaría de Relaciones Laborales, pone a disposición de la víctima de trata el andamiaje que existe para todas las personas con vulneraciones de derechos: asignación universal por hija e hijo, inclusión en programas de empleo, financiación y sostenimiento de un emprendimiento productivo. Lo que vemos es que hay un cambio significativo, son los programas que se pueden ofrecer y la suma que tienen asignados, la aceptación es buena, las personas quieren ser incluidas, pero muchas veces no resulta suficiente.

¿Cómo analizan la forma en la que se están llevando a cabo los rescates?

Cecilia Merchán: En comparación con otros países latinoamericanos, Argentina ha avanzado mucho en la consolidación de políticas públicas alrededor de la trata de personas. En el año 2008 tuvimos la primera ley y hasta la fecha se contabilizan más de 8.500 personas rescatadas, 50% víctima de explotación sexual y 50% de explotación laboral. Durante estos años, los organismos del Estado se han capacitado y preparado: las fuerzas de seguridad tienen oficinas específicas de trata, el Ministerio de Desarrollo articula con todas las provincias, hay una oficina de monitoreo de avisos sexuales… se ha avanzado mucho, lo cual  no quiere decir que sea perfecto; creo que lo más complejo es abordar la asistencia después de los rescates, en la mayoría de los casos, las personas no se consideran víctimas, una vez que fueron rescatadas, muchas no quieren saber nada, y vuelven a caer en otra situación de prostitución. El vínculo de las personas que han sido víctimas de trata con el Estado es complejo, no es fácil asociar a todas las personas con una política integral; nadie te obliga a que recibas un refugio, por eso es importante que la posibilidad de ser asistidos por el Estado permanezca vigente hasta que las personas decidan  acercarse. Hay aspectos que fallan, el tema de articulación de los protocolos es complicado, sobre todo en las provincias, donde no hay condiciones homogéneas: por un lado hay provincias con buena voluntad y pocos recursos, otras que funcionan muy bien y otras que manejan altos niveles de complicidad con las redes de trata… Lo cierto, es que todos estos aspectos, hacen parte de la realidad del delito y del proceso de cada persona para reconocerse como víctima, por eso es importante que el primer contacto del Estado con las personas rescatadas sea a través de una profesional en psicología, capacitada para ofrecer la asistencia. En otros países las víctimas son abordadas por la policía, en Argentina, el primer contacto de las víctimas con el Estado se da a través de un equipo interdisciplinario; esto no es secundario, se trata de abordar el delito con una perspectiva de derechos humanos.

¿Cómo se ha modificado el delito de trata en los últimos años?  

M.E: Las formas de captación se complejizaron, los mecanismos están más aceitados porque se ha avanzado más en el conocimiento del delito de trata, pero la realidad es que los cuerpos de las mujeres siguen tomándose como objetos y esa mercantilización permite que se sostengan las condiciones de explotación, es un claro ejemplo de la relación del patriarcado y el capitalismo en nuestra sociedad; existe un andamiaje social y cultural que sostiene la máxima de las mujeres como objetos que se pueden comprar y vender.

¿Qué le modificarías a la ley?

M.E: Creo que la trata es una de las violaciones a los derechos humanos más crudas que existen y es necesario poder garantizar un piso de asistencia que sea parejo en todo el territorio. También me parece importante que exista la posibilidad de garantizar un patrocinio gratuito en lo civil, a modo de resarcimiento del daño causado por el delito de trata.

Fuente: Comunicar Igualdad - Por  Natalia Castro Gómez.-

sábado, 28 de marzo de 2015

ARGENTINA, CORRIENTES. " El femicidio de Eli ya tiene condena"

Es el primer caso de condena por femicidio en la ciudad de Corrientes. En el tribunal hubo abrazos emocionados. El caso, ocurrido el 13 de mayo de 2013, conmovió a la provincia. “Las pruebas estaban a la vista”, señaló el abogado querellante, Salvador Pischeda.





La Justicia de Corrientes condenó ayer a Adrián Sosa García a la pena de prisión perpetua por encontrarlo materialmente responsable del crimen de Elizabeth Verón. El tribunal correntino encargado de llevar adelante el juicio oral y público entendió que su responsabilidad se encuentra agravada por ser pareja de la víctima y mediar violencia de género. Mujeres, amigos, familiares y organizaciones que combaten la violencia de género se manifestaron frente a los tribunales y celebraron el veredicto, en el primer juicio por femicidio en la capital correntina y el segundo en toda la provincia. “Se hizo justicia”, fue la expresión de los familiares de Verón apenas conocida la decisión.

La última jornada del juicio por el femicidio de Elizabeth Verón en Corrientes estuvo signada por la presentación de alegatos y la posterior sentencia del Tribunal Oral Penal (TOP) Nº 1 de Corrientes, que se conoció cerca de las 18. “Nosotros esperábamos la condena porque, como habíamos venido manifestando, las pruebas estaban a la vista”, señaló el abogado querellante Salvador Pischeda.

Más temprano, la fiscalía y la querella habían solicitado para el único acusado, Adrián Sosa García, la pena de prisión perpetua. La defensa pidió la absolución y, al hacer uso de sus últimas palabras antes de darse a conocer la sentencia, Sosa García se declaró inocente y exigió al Tribunal que “tome una decisión apartada de la presión social”.

El juicio oral y público fue encabezado por los jueces Juan Carlos Guerín, Cynthia Godoy Prats y Milagros Martínez Spalla (subrogante), y tuvo su primera jornada el 4 de febrero, en un clima de gran conmoción en la capital provincial. Por el Ministerio Público, actuó el fiscal Carlos Lértora.

Desde mediados de 2013 empezaron a convocarse numerosas marchas de repudio por parte de familiares y organizaciones sociales y de mujeres. El impacto del caso obligó incluso al intendente local, Fabián Ríos, a anunciar la construcción del primer refugio para víctimas de violencia machista de la provincia, que será inaugurado en los próximos meses.

Durante la noche del 13 de mayo de 2013, Eli y Sosa García discutieron en el departamento que compartían desde hacía un año y medio, sobre la calle Jujuy al 1400. Según la investigación judicial, él la insultó, la amenazó de muerte y la golpeó ferozmente.

Verón alcanzó a llamar por teléfono a su hermana Mercedes y le pidió que cuidara de su hija, porque ella no sería capaz de escapar de esa paliza. La familia de Eli no tenía la dirección precisa, por lo que no pudieron ir a ayudarla.

Ella logró salir de la casa alrededor de la 1.30 de la madrugada del 14 de mayo, caminó algunos metros y se desplomó en la calle. La encontró un transeúnte, quien avisó a un sereno de la cuadra, que se encontraba con un oficial de tránsito y un vecino. Al ver a Eli semiinconsciente, la auxiliaron, al tiempo que dieron aviso a la policía y a una ambulancia.

La mujer fue trasladada al Hospital Escuela General José de San Martín, donde ingresó con un cuadro crítico y reservado. Tenía lesiones en distintas partes del cuerpo y un coágulo cerebral con deficiencia respiratoria. Estuvo internada en terapia intensiva desde esa madrugada y, después de 55 días, falleció el 8 de julio.

Sosa García fue detenido inmediatamente, primero acusado por el delito de “lesiones graves”. Luego del fallecimiento de la mujer, el expediente se recaratuló como “homicidio agravado por la relación de pareja con la víctima, cometido contra una mujer mediando violencia de género”.

La causa fue rápidamente elevada a juicio en el Tribunal Oral Penal Nº 1, pero la enfermedad de uno de los jueces integrantes del tribunal demoró el comienzo del debate oral hasta la primera semana de febrero de este año.

Se trató del primer juicio por femicidio, en el que se aplica el agravante de violencia de género en la acusación, que tuvo lugar en la capital correntina. Sin embargo, es el segundo en la provincia, porque en octubre pasado el TOP de Mercedes usó la misma figura en una sentencia que condenó a prisión perpetua a Félix Gómez, un hombre que había degollado a su ex esposa, Elsa Ramona Arévalo.

Fuente: Página 12

jueves, 17 de octubre de 2013

MISIONES SERÁ LA PRIMERA PROVINCIA CON JUZGADOS EXCLUSIVOS DE VIOLENCIA FAMILIAR

En la reforma judicial aprobada por la Cámara, se crean dos juzgados específicamente dedicados a violencia de género.









Una de las principales novedades del paquete de leyes que sancionó la Cámara de Representantes el jueves pasado apunta a la creación de dos nuevos juzgados que estarán específicamente dedicados a llevar las causas por violencia de género, y que atenderán a todos los casos del área de Posadas y alrededores (en la primera circunscripción). 
Hasta ahora, solo dos juzgados de Familia atendían las causas de violencia de familia en esa órbita (Juzgado de Familia 1, a cargo de la magistrada Carmen Bertolotti de Esperanza y el Juzgado de Familia 2, a cargo de la jueza Julia Marta Alegre, ambos funcionando en los tribunales de la avenida Santa Catalina). 

Las leyes sancionadas la semana pasada prevén la creación de tres juzgados más, uno tendrá competencia en la órbita de familia y los otros dos estarán dedicados a atender solamente las causas de violencia de género.
Es decir, se lleva de dos a seis los juzgados con competencia en temas de Familia en el área metropolitana de Posadas. 
Estas causas abarrotan los juzgados y representan prácticamente la mitad de las causas que llevan este tipo de tribunales.
Según las estadísticas de la Justicia misionera, en 2010 ingresaron 5.354 causas en los dos tribunales de Familia de Posadas (sobre un total de 9.548 en las cuatro circunscripciones en que se divide la provincia).
De ese total, 2.685 son causas por Violencia de Familia (ley 3325). 
Es decir, la mitad del trabajo de los juzgados de Familia tiene que ver con las denuncias por violencia.


Lo novedoso es que estos tribunales con competencia específica en la Violencia Familiar no se implementaron hasta ahora en la Argentina en ninguna jurisdicción. "Misiones es la primera prueba, veremos como resulta", dijo a Misiones On Line el titular del Colegio de Abogados de Misiones, Martín Ayala.

El abogado, sin embargo, mostró sus reparos sobre la efectividad de implementar este método, ya que "generalmente las causas de violencia tienen otras causas conexas, como divorcio, tenencia de los hijos, alimentos, y ahora estas causas estarán en juzgados los hechos violentos, algo que se busca evitar"

Eufemismos

La ley de Violencia Familiar, sancionada en 1996 y modificada en 2007, dice en su artículo 1° que “Toda persona que sea víctima de violencia familiar -entendiéndose a la misma como toda acción, omisión,
abuso o abandono que afecte la integridad física, psíquica, moral, sexual,
patrimonial y la libertad de la misma en el ámbito familiar, aunque no
configure delito, sea ésta en forma permanente o temporaria- puede
denunciar estos hechos en forma verbal o escrita…”.
Los expertos reconocen que en la enorme mayoría de los casos (más del 95 por ciento) los denunciados son los hombres y las denunciantes son las mujeres. Se habla de “violencia de género”, también, como eufemismo para referirse a la violencia (o supuesta violencia) del hombre sobre la mujer.

Más allá de los importantes avances en materia de proteger los derechos y la integridad de las mujeres, algunos críticos también señalan que todos estos institutos legales y la fuerte campaña a favor de denunciar cualquier modo de violencia de género (incluyendo un simple grito en una discusión matrimonial), abrió la puerta para que -en no pocos casos-, se utilice como excusa un supuesto acto de violencia psíquica o física y se caiga en el abuso de este recurso para dirimir una disputa conyugal o gatillar la expulsión de uno de los cónyuges del hogar familiar.

Algo que también colabora a atestar los juzgados que, justamente a partir de estos cambios, buscan darle más celeridad a las causas que pueden tener una resolución rápida.

FUENTE: MISIONES ON- LINE